Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (05210/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de crédito número 30/2024, en modalidad de suplemento de crédito
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Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra
Anuncio 5210/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra
Bodonal de la Sierra (Badajoz)
Anuncio 5210/2024
Aprobación definitiva de la modificación de crédito número 30/2024, en modalidad de suplemento de crédito
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo a remanente líquido de
tesorería para gastos generales, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a
los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
SUPLEMENTO EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación
Descripción
Suplemento de crédito (€)
Progr.
Económica
920
130.00
Retribuciones personal laboral fijo
2.100,00
920
213.00
Mantenimiento de vehículos municipales
5.000,00
920
220.02
Material informático no inventariable
2.000,00
920
221.03
Combustibles y casburantes
920
221.10
Productos de limpieza
920
227.06
Estudios y trabajos técnicos
942
463
A mancomunidades
241
619
Materiales Aepsa
10.000,00
2.000,00
38.000,00
3.000,00
46.359,03
Total:
108.459,03
Esta modificación se financia con cargo a remanente líquido de tesorería para gastos generales, en los siguientes términos:
SUPLEMENTO EN CONCEPTO DE INGRESOS
Aplicación: Económica
Cap.
Art.
870.00
Descripción
Euros
Conc.
Remanente de tesorería para gastos generales
Total ingresos:
108.459,03
108.459,03
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de 2 meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Bodonal de la Sierra, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, Lourdes Linares Matito.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo a remanente líquido de
tesorería para gastos generales, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a
los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
SUPLEMENTO EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación
Descripción
Suplemento de crédito (€)
Progr.
Económica
920
130.00
Retribuciones personal laboral fijo
2.100,00
920
213.00
Mantenimiento de vehículos municipales
5.000,00
920
220.02
Material informático no inventariable
2.000,00
920
221.03
Combustibles y casburantes
920
221.10
Productos de limpieza
920
227.06
Estudios y trabajos técnicos
942
463
A mancomunidades
241
619
Materiales Aepsa
10.000,00
2.000,00
38.000,00
3.000,00
46.359,03
Total:
108.459,03
Esta modificación se financia con cargo a remanente líquido de tesorería para gastos generales, en los siguientes términos:
SUPLEMENTO EN CONCEPTO DE INGRESOS
Aplicación: Económica
Cap.
Art.
870.00
Descripción
Euros
Conc.
Remanente de tesorería para gastos generales
Total ingresos:
108.459,03
108.459,03
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de 2 meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Bodonal de la Sierra, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, Lourdes Linares Matito.
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