Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (05210/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de crédito número 30/2024, en modalidad de suplemento de crédito
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Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Bodonal de la Sierra
Bodonal de la Sierra (Badajoz)
Anuncio 5210/2024
Aprobación definitiva de la modificación de crédito número 30/2024, en modalidad de suplemento de crédito

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito, financiado con cargo a remanente líquido de
tesorería para gastos generales, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a
los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

SUPLEMENTO EN APLICACIONES DE GASTOS

Aplicación

Descripción

Suplemento de crédito (€)

Progr.

Económica

920

130.00

Retribuciones personal laboral fijo

2.100,00

920

213.00

Mantenimiento de vehículos municipales

5.000,00

920

220.02

Material informático no inventariable

2.000,00

920

221.03

Combustibles y casburantes

920

221.10

Productos de limpieza

920

227.06

Estudios y trabajos técnicos

942

463

A mancomunidades

241

619

Materiales Aepsa

10.000,00
2.000,00
38.000,00
3.000,00
46.359,03

Total:

108.459,03

Esta modificación se financia con cargo a remanente líquido de tesorería para gastos generales, en los siguientes términos:

SUPLEMENTO EN CONCEPTO DE INGRESOS

Aplicación: Económica
Cap.

Art.
870.00

Descripción

Euros

Conc.
Remanente de tesorería para gastos generales
Total ingresos:

108.459,03
108.459,03

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en
el plazo de 2 meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Bodonal de la Sierra, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa-Presidenta, Lourdes Linares Matito.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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