Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio. Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (07067/2023)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación de Badajoz y su sector público provincial para el ejercicio 2024 y documentación anexa
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Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio
Anuncio 7067/2023
Subvenciones directas y nominativas.
Subvenciones derivadas de planes especiales u otros instrumentos de colaboración.
Aprobación de plantilla presupuestaria.
Aportaciones a entidades del grupo u otras entidades participadas.
Nombramiento de personal docente.
Comunidad de propietarios cuotas o derramas.
Gastos debidamente adquiridos.
Prima de seguros.
3. Todas las fases de la gestión del presupuesto de gastos se iniciarán con la propuesta de los respectivos centros gestores,
mediante los modelos que se aprueben al efecto, obligatorio y con independencia de su importe, para dar cumplimiento,
por un lado, a la normativa presupuestaria y a la Ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y
en todo caso, siguiendo las normas a las que se refieren estas bases.
4. Lo anterior será de aplicación, sin perjuicio de que el expediente estará sometido según las fases que acumule, a
fiscalización del compromiso o a intervención previa del reconocimiento de la obligación.
5. Los saldos de retenciones o autorizaciones de gasto, que lo sean por desistimientos o economías en la ejecución se
anularán a solicitud del centro gestor, los de compromisos, requerirán conformidad del adjudicatario sólo si lo son por
desistimientos en la contratación, así como la resolución correspondiente.
No obstante, lo anterior, cada trimestre el Servicio de Planificación Presupuestaria realizará las depuraciones de saldos de
RC o de A no utilizados, a los efectos de derivar los créditos a la situación de disponible, todo lo cual se comunicará
convenientemente a los centros gestores afectados.
6. De la realización de un gasto sin propuesta, sin la presentación de los correspondientes presupuestos, o sin aprobación
de gasto, será responsable la unidad gestora del mismo.
Para los supuestos de contratos menores, u otros gastos que no requieran fiscalización, pero sí de autorización del gasto
previa, por lo que la realización de un gasto sin que conste la misma, o cuando se constate que la autorización se ha
realizado con carácter posterior a la prestación del servicio, la Intervención emitirá nota de reparo en el reconocimiento de
la obligación.
Si el centro gestor decide no tramitar discrepancia, el acto será convalidado por el presidente de la Corporación, sin
necesidad de remisión de dicho reparo al Tribunal de Cuentas.
Base 24.ª. Autorización del gasto.
La autorización de gastos, constituye el inicio del procedimiento de ejecución del gasto, siendo el acto administrativo en
virtud del cual se acuerda la realización de uno determinado, en cuantía cierta o aproximada, para el cual se reserva la
totalidad o parte de un crédito presupuestario.
En cuanto a la competencia del órgano, se estará a lo dispuesto en la base 21, o en los estatutos de los organismos
autónomos.
Se origina con la propuesta de gasto, conforme al modelo que se determina en la base anterior, formulada por el Área
correspondiente, dónde se explicará el objetivo de la decisión que comporta el gasto, y aparecerá en la misma el importe
aproximado del mismo y la aplicación o aplicaciones presupuestarias a las que se imputa, procediéndose a contabilizar la
fase previa o en otro caso, solicitar de la Intervención de Fondos certificado de existencia de crédito suficiente para dicho
gasto, produciéndose simultáneamente a la reserva de crédito la autorización del gasto.
Darán lugar a la "A" presupuestaria, con carácter general la aprobación de expedientes, en los procedimientos contractuales,
las resoluciones administrativas de aprobación del gasto, así como las relativas a la aprobación de sus modificaciones,
prórrogas y liquidaciones, para el capítulo I, las convocatorias de personal, en general la aprobación de las convocatorias de
subvenciones, o de bases reguladoras, de planes provinciales, así como cualquier otro acto/hecho/negocio jurídico que dé
lugar a la aprobación de un gasto presupuestario para la entidad.
Base 25.ª. Disposición de gastos.
Disposición o compromiso de gastos, es el acto mediante el que se acuerda la realización de un gasto previamente
autorizado. Tiene relevancia jurídica para con terceros, y vincula a la Corporación Provincial, a la realización de un gasto
concreto y determinado, tanto en su cuantía como en las condiciones de su ejecución.
En cuanto a la competencia del órgano, se estará a lo dispuesto en la base 21, o en los estatutos de los organismos
autónomos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Subvenciones directas y nominativas.
Subvenciones derivadas de planes especiales u otros instrumentos de colaboración.
Aprobación de plantilla presupuestaria.
Aportaciones a entidades del grupo u otras entidades participadas.
Nombramiento de personal docente.
Comunidad de propietarios cuotas o derramas.
Gastos debidamente adquiridos.
Prima de seguros.
3. Todas las fases de la gestión del presupuesto de gastos se iniciarán con la propuesta de los respectivos centros gestores,
mediante los modelos que se aprueben al efecto, obligatorio y con independencia de su importe, para dar cumplimiento,
por un lado, a la normativa presupuestaria y a la Ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y
en todo caso, siguiendo las normas a las que se refieren estas bases.
4. Lo anterior será de aplicación, sin perjuicio de que el expediente estará sometido según las fases que acumule, a
fiscalización del compromiso o a intervención previa del reconocimiento de la obligación.
5. Los saldos de retenciones o autorizaciones de gasto, que lo sean por desistimientos o economías en la ejecución se
anularán a solicitud del centro gestor, los de compromisos, requerirán conformidad del adjudicatario sólo si lo son por
desistimientos en la contratación, así como la resolución correspondiente.
No obstante, lo anterior, cada trimestre el Servicio de Planificación Presupuestaria realizará las depuraciones de saldos de
RC o de A no utilizados, a los efectos de derivar los créditos a la situación de disponible, todo lo cual se comunicará
convenientemente a los centros gestores afectados.
6. De la realización de un gasto sin propuesta, sin la presentación de los correspondientes presupuestos, o sin aprobación
de gasto, será responsable la unidad gestora del mismo.
Para los supuestos de contratos menores, u otros gastos que no requieran fiscalización, pero sí de autorización del gasto
previa, por lo que la realización de un gasto sin que conste la misma, o cuando se constate que la autorización se ha
realizado con carácter posterior a la prestación del servicio, la Intervención emitirá nota de reparo en el reconocimiento de
la obligación.
Si el centro gestor decide no tramitar discrepancia, el acto será convalidado por el presidente de la Corporación, sin
necesidad de remisión de dicho reparo al Tribunal de Cuentas.
Base 24.ª. Autorización del gasto.
La autorización de gastos, constituye el inicio del procedimiento de ejecución del gasto, siendo el acto administrativo en
virtud del cual se acuerda la realización de uno determinado, en cuantía cierta o aproximada, para el cual se reserva la
totalidad o parte de un crédito presupuestario.
En cuanto a la competencia del órgano, se estará a lo dispuesto en la base 21, o en los estatutos de los organismos
autónomos.
Se origina con la propuesta de gasto, conforme al modelo que se determina en la base anterior, formulada por el Área
correspondiente, dónde se explicará el objetivo de la decisión que comporta el gasto, y aparecerá en la misma el importe
aproximado del mismo y la aplicación o aplicaciones presupuestarias a las que se imputa, procediéndose a contabilizar la
fase previa o en otro caso, solicitar de la Intervención de Fondos certificado de existencia de crédito suficiente para dicho
gasto, produciéndose simultáneamente a la reserva de crédito la autorización del gasto.
Darán lugar a la "A" presupuestaria, con carácter general la aprobación de expedientes, en los procedimientos contractuales,
las resoluciones administrativas de aprobación del gasto, así como las relativas a la aprobación de sus modificaciones,
prórrogas y liquidaciones, para el capítulo I, las convocatorias de personal, en general la aprobación de las convocatorias de
subvenciones, o de bases reguladoras, de planes provinciales, así como cualquier otro acto/hecho/negocio jurídico que dé
lugar a la aprobación de un gasto presupuestario para la entidad.
Base 25.ª. Disposición de gastos.
Disposición o compromiso de gastos, es el acto mediante el que se acuerda la realización de un gasto previamente
autorizado. Tiene relevancia jurídica para con terceros, y vincula a la Corporación Provincial, a la realización de un gasto
concreto y determinado, tanto en su cuantía como en las condiciones de su ejecución.
En cuanto a la competencia del órgano, se estará a lo dispuesto en la base 21, o en los estatutos de los organismos
autónomos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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