Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Organismo Autónomo Industrial Finca Los Castillejos (Fuente de Cantos). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06267/2023)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de gestión de residuos y demolición de la construcción del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 6267/2023

c) Residuos agrícolas y ganaderos.
d) Vehículos fuera de uso.
e) Neumáticos fuera de uso.
f) Residuos infecciosos, hospitalarios, clínicos y farmacéuticos.
g) Residuos radiactivos, explosivos, corrosivos, inflamables, insecticidas y antiparasitarios.
h) Animales muertos y restos de origen animal.
i) Residuos sin identificar o identificados de forma ambigua.
Artículo 31.- Usuarios del punto limpio municipal.
El punto limpio sólo podrá ser utilizado, como norma, por los ciudadanos particulares, en relación con sus residuos
domésticos; no obstante, también podrán acceder a estas instalaciones los colectivos con los cuales el Ayuntamiento, en
particular, establezca convenios que regulen las condiciones de uso, y siempre y cuando existan dificultades para su gestión
por otro sistema, y el volumen de los residuos entregados por éstos no superen el 30% del total de cada tipo de residuos
gestionados en el punto limpio.
Dichos usuarios podrán acceder al interior de las instalaciones tanto a pie, como en vehículo particular que no exceda los
3.500 kg de tara. En el caso de usuarios que acceden con vehículos a las instalaciones, estos deberán circular a una
velocidad máxima de 15 km/h, dentro del recinto.
En el caso particular de los RCD, se permitirá el acceso de los poseedores de residuos, distintos de productor de los mismos,
cuando cuente con copia de la comunicación previa de la obra, con fecha al menos de 15 días anterior a la entrega.
Artículo 32.- Funcionamiento del punto limpio municipal.
Para un correcto funcionamiento del punto limpio y que el servicio que se presta en el mismo sea el adecuado, habrán de
tenerse en cuenta las siguientes prescripciones:
• Los usuarios solicitarán al Ayuntamiento el acceso al punto limpio, para el depósito de residuos, aportando
una declaración, del volumen y tipo de residuo que se pretende depositar.
• El Ayuntamiento recepcionará las declaraciones de entrega de RCD de los particulares, en base a las cuales
emitirá la gestión del cobro de la tasa. Una vez se realice el pago de la tasa, establecerá el horario para la
entrega de los RCD en el punto limpio. Dicha gestión podrá realizarse en dependencias municipales o en el
propio punto limpio.
• Las declaraciones de entrega de RCD, identificarán la fecha de entrega de la comunicación previa, y
describirán la cantidad (m3 o Tn), el tipo de residuos y la fecha de entrega, así como la satisfacción de la tasa
correspondiente.
El usuario accederá a la zona de acopio donde depositará los residuos en su correspondiente contenedor.
En todo caso, la información aportada está sometida a las normas generales de protección de datos personales, sin que los
mismos puedan ser utilizados para otros fines que los propios del servicio.
Antes de que los contenedores se hallen llenos de residuos, los operarios municipales darán aviso a los gestores o
transportistas designados para la retirada y el traslado de los residuos al punto de acopio temporal municipal, o en su
defecto las diferentes instalaciones de reciclaje y/o centro de eliminación que se determine, según proceda.
En todo caso, no se permitirá el depósito de los residuos hasta el vaciado de los contenedores, en caso de saturación de los
mismos.
Las instalaciones del punto limpio deberán permanecer en buenas condiciones de higiene y salubridad pública. Para ello, los
operarios deberán controlar que el depósito de residuos se realice de forma correcta, evitando la caída de residuos fuera de
los contenedores y retirando cualquier material que dificulte el tránsito de los vehículos y el depósito de los residuos.
Para un correcto funcionamiento de las instalaciones, se prohíbe:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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