Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (06250/2023)
Convocatoria de subvenciones destinadas a asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones y actividades que fomenten la igualdad de oportunidades, así como el respeto a la diversidad sexual durante el año 2024
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Área de Igualdad

Anuncio 6250/2023

El carácter excepcional de esta medida deberá quedar claramente acreditado en la solicitud y en ningún caso será una
medida generalizada ni estar motivada por razones de oportunidad o conveniencia, ni obedecer a culpa o negligencia por
parte de la entidad solicitante. Las circunstancias deben ser adecuadas, documentadas, proporcionadas y razonables y así
debe quedar acreditado en la solicitud.
Base 9. Pago de la subvención.
Por la propia naturaleza de los proyectos y la imposibilidad de las entidades sin fines de lucro de realizar las actividades sin
los fondos suficientes para ello, se establece aplicable la regla del pago previo, con posterior justificación de los fondos,
conforme a las bases de ejecución del presupuesto del año en curso y del artículo 34.4 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y previo cumplimiento de los requisitos del 34.5.
Quedan expresamente excluidos estos proyectos de la obligación de constitución de aval, seguro de caución o cualquier otra
garantía financiera.
Las entidades beneficiarias recibirán los fondos vía transferencia bancaria una vez dictada la resolución correspondiente de
otorgamiento, y esta haya sido publicada en su caso en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones.
Base 10. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
Las entidades beneficiarias estarán sujetas a las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley General de
Subvenciones y artículo 16 de la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Badajoz y en todo caso
estarán sujetas a las siguientes obligaciones:
a) Realizar la actividad y gastos subvencionados en las condiciones previstas, incluida la obligación de realizar
todas las actividades y gastos según consta en la base 5. No se admitirán gastos que queden fuera de este
periodo.
b) Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de las actividades seleccionadas, en el momento en que
aquella se produzca, con el fin de obtener en su caso, la correspondiente autorización sobre el cambio que
resulte necesario realizar en el programa propuesto y aprobado.
c) Posibilitar toda actividad de control e inspección de la actividad realizada por parte de la Diputación de
Badajoz, tal y como se recoge en el título III de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y con especial
mención de lo recogido en el artículo 46 sobre obligación de colaboración.
d) Hacer constar en todo el material documental (publicaciones, cartelería, informes...) a que dé lugar la
ejecución de las actividades, la colaboración y la imagen corporativa de la Diputación de Badajoz.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por fotografías, vídeos u otros soportes
digitales con un tamaño superior al permitido por la sede electrónica solicitará al correo ofsubvenciones@dipbadajoz.es, la autorización para el acceso a la plataforma de intercambio de documentación mercurio para su
aportación.
Se entregará al Servicio de Igualdad 2 ejemplares de los recursos que hayan desarrollado durante el proyecto
subvencionado (guías, material didáctico, libros, material gráfico y audiovisual... etc.) preferentemente en
formato digital si fuera posible o en su caso formato analógico, como fondo documental.
e) Comunicar a la Diputación la concesión a la propuesta subvencionada de otras subvenciones por parte de
cualquier otra institución pública o privada. En caso de que con ella se supere el coste total de la propuesta de
actividades, la entidad beneficiaria está obligada a reintegrar dicho sobrante a la Diputación de Badajoz.
f) Reflejar en sus libros y registros de contabilidad las operaciones correspondientes a los gastos de la
subvención concedida.
g) Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación, así
como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los resultados de las
propuestas subvencionadas como mecanismo de sensibilización y educación para la igualdad de
oportunidades y diversidad sexual.
h) Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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