Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mengabril. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (03272/2023)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "Camping Municipal Mengabril"
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Ayuntamiento de Mengabril
Anuncio 3272/2023
e) No se podrá hacer uso, salvo autorización expresa, de los equipos o máquinas ajenos al
proyecto.
f) No se permite el uso de máquinas sin sus protecciones, así como manipular las mismas o las
proteccionespersonales.
g) En los períodos de descanso establecidos no se podrá hacer uso de las maquinas o
herramientas, salvo que por circunstancias excepcionales o por necesidades del trabajo, se
haya cambiado el período de descanso habitual.
h) Al término de las clases, el alumnado-trabajador deberá dejar el puesto de trabajo, las
dependencias donde se desarrolla el proyecto y las herramientas ordenadas y limpias.
i) Deberá avisarse inmediatamente al personal docente de aquellas situaciones o circunstancias
que puedan producir accidentes.
j) El orden de utilización de cada máquina o equipo se establecerá por el personal docente
correspondiente.
k) Las máquinas deberán estar encendidas únicamente durante su uso, y bajo la vigilancia del
personal docente, quedando estrictamente prohibido dejar encendidas las máquinas cuando el
usuario no se encuentre en su puesto de trabajo.
TÍTULO SEXTO: RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 17.- Faltas.
Las faltas cometidas por los/as alumnos/as-trabajadores/as se clasificarán, atendiendo a su importancia,
reincidencia e intención, en leves, graves y muy graves.
1.- Son faltas leves:
a) La ligera incorrección, desconsideración o falta de respeto hacia el equipo directivo-docente,
compañeros/as, usuarios de los servicios públicos en general, así como hacia los
representantes y trabajadores de la entidad promotora, personas ajenas al programa/proyecto
que visiten el centro (personal del SEXPE o, en su caso, de la correspondiente entidad gestora
de la subvención concedida para la puesta en marcha del programa/proyecto, comerciales,
visitantes, proveedores, etc.).
b) Tres faltas reiteradas de puntualidad, que no superen los 1 0 minutos en un mes.
c) El retraso, negligencia o descuido en el cumplimiento de sus funciones formativo laborales. El
abandono momentáneo del centro y/o del puesto de trabajo durante la jornada de trabajo sin
causa justificada y/o sin el permiso correspondiente. En caso de que se estén realizando tareas
fuera del centro formativo, su abandono tendrá la misma consideración.
d) El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las actividades
formativas como en el trabajo propio del programa/proyecto.
e) Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
f) Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable puntualmente.
g) El descuido en la conservación de los locales, el material y los documentos del servicio,
siempre que no se causen graves perjuicios, así como su utilización sin permiso previo.
h) El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo
de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluido el tiempo de descanso).
i) La no presentación en tiempo oportuno y reglamentado de los justificantes, salvo que se
pruebe la imposibilidad de hacerlo.
j) Permanecer en la puerta del centro o de las aulas en horario de formación o de trabajo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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e) No se podrá hacer uso, salvo autorización expresa, de los equipos o máquinas ajenos al
proyecto.
f) No se permite el uso de máquinas sin sus protecciones, así como manipular las mismas o las
proteccionespersonales.
g) En los períodos de descanso establecidos no se podrá hacer uso de las maquinas o
herramientas, salvo que por circunstancias excepcionales o por necesidades del trabajo, se
haya cambiado el período de descanso habitual.
h) Al término de las clases, el alumnado-trabajador deberá dejar el puesto de trabajo, las
dependencias donde se desarrolla el proyecto y las herramientas ordenadas y limpias.
i) Deberá avisarse inmediatamente al personal docente de aquellas situaciones o circunstancias
que puedan producir accidentes.
j) El orden de utilización de cada máquina o equipo se establecerá por el personal docente
correspondiente.
k) Las máquinas deberán estar encendidas únicamente durante su uso, y bajo la vigilancia del
personal docente, quedando estrictamente prohibido dejar encendidas las máquinas cuando el
usuario no se encuentre en su puesto de trabajo.
TÍTULO SEXTO: RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 17.- Faltas.
Las faltas cometidas por los/as alumnos/as-trabajadores/as se clasificarán, atendiendo a su importancia,
reincidencia e intención, en leves, graves y muy graves.
1.- Son faltas leves:
a) La ligera incorrección, desconsideración o falta de respeto hacia el equipo directivo-docente,
compañeros/as, usuarios de los servicios públicos en general, así como hacia los
representantes y trabajadores de la entidad promotora, personas ajenas al programa/proyecto
que visiten el centro (personal del SEXPE o, en su caso, de la correspondiente entidad gestora
de la subvención concedida para la puesta en marcha del programa/proyecto, comerciales,
visitantes, proveedores, etc.).
b) Tres faltas reiteradas de puntualidad, que no superen los 1 0 minutos en un mes.
c) El retraso, negligencia o descuido en el cumplimiento de sus funciones formativo laborales. El
abandono momentáneo del centro y/o del puesto de trabajo durante la jornada de trabajo sin
causa justificada y/o sin el permiso correspondiente. En caso de que se estén realizando tareas
fuera del centro formativo, su abandono tendrá la misma consideración.
d) El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las actividades
formativas como en el trabajo propio del programa/proyecto.
e) Interrupciones que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo.
f) Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable puntualmente.
g) El descuido en la conservación de los locales, el material y los documentos del servicio,
siempre que no se causen graves perjuicios, así como su utilización sin permiso previo.
h) El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para el desarrollo
de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluido el tiempo de descanso).
i) La no presentación en tiempo oportuno y reglamentado de los justificantes, salvo que se
pruebe la imposibilidad de hacerlo.
j) Permanecer en la puerta del centro o de las aulas en horario de formación o de trabajo.
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