Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calamonte. (03247/2023)
Aprobación definitiva de modificación del Reglamento de organización y funcionamiento de la agrupación local de voluntarios de protección civil
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Ayuntamiento de Calamonte

Anuncio 3247/2023

los gastos en los que incurra su actividad voluntaria, siempre y cuando la entidad les haya facilitado recursos
económicos para tal fin.
c. Participar en las actividades formativas previstas por la entidad y, concretamente, en aquellas dirigidas a
ofrecer una preparación para las actividades y funciones acordadas, así como en las que con carácter
permanente sean necesarias para mantener la calidad de los servicios que se presten.
d. Colaborar con la organización, sus profesionales y el resto de personas voluntarias en la mejor eficacia y
eficiencia de los programas en los que intervengan y en la consecución de los objetivos de los mismos.
e. Participar en la entidad de voluntariado pudiendo aportar sus propuestas, ideas y conocimientos en los
órganos de la misma, según se contemple en sus estatutos y reglamentos.
f. Notificar a la entidad de voluntariado su renuncia con suficiente antelación, siempre que sea posible, para
que puedan adoptarse las medidas oportunas para evitar un perjuicio en el servicio encomendado.
g. Cumplir los compromisos adquiridos con las entidades de voluntariado en las que se integren, reflejados en
el acuerdo de incorporación, respetando los fines y estatutos de las mismas.
h. Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad
voluntaria.
i. Rechazar cualquier contraprestación material o económica que pudieran recibir de las personas
destinatarias de la acción voluntaria o de otras personas relacionadas con su actividad voluntaria.
j. Respetar los derechos de las personas destinatarias de la acción voluntaria.
k. Actuar con la diligencia debida y de forma solidaria.
l. Seguir las instrucciones de la entidad de voluntariado que tengan relación con el desarrollo de las
actividades voluntarias encomendadas.
m. Utilizar debidamente la acreditación personal y los distintivos de la entidad de voluntariado.
n. Cumplir las medidas de seguridad y salud existentes en la entidad de voluntariado.
o. Observar las normas sobre protección y tratamiento de datos de carácter personal de acuerdo con lo
establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal. "
Así mismo, tendrán los siguientes deberes:
a. Actuar como miembros de la agrupación en los actos de servicio establecidos por la misma.
b. Usar debidamente la uniformidad, equipamiento y distintivos otorgados por la agrupación en todos los
actos que lo requieran, particularmente en casos de intervención especial, siniestro o emergencia, a efectos
de identificación.
c. Adoptar las medidas necesarias que eviten situaciones que conlleven riesgos innecesarios para cualquier
persona.
d. Poner en conocimiento de la persona responsable de la agrupación, y en su caso, del servicio local de
protección civil o autoridad que corresponda, la existencia de hechos que puedan suponer riesgos para las
personas, bienes o medio ambiente.
e. Incorporarse al lugar de concentración en el menor tiempo posible en situaciones de emergencia.
f. Participar en las actividades de formación o de cualquier otro tipo que sean programadas con objeto de
dotar al voluntariado de una mayor capacitación para el desempeño de sus funciones.
g. Proporcionar, a todas las personas voluntarias un trato no discriminatorio por razón de nacionalidad,
origen racial o étnico, religión, convicciones ideológicas, enfermedad, discapacidad, edad, sexo, identidad
sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
h. Aquellos otros deberes que se les impongan en el reglamento de la agrupación, en el acuerdo de
incorporación y en la normativa aplicable.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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