Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valle de Matamoros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03088/2023)
Bases que han de regir la convocatoria para la selección de una plaza de personal laboral fijo, Grupo AP, acogida al proceso extraordinario de estabilización de empleo público por sistema de concurso
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Ayuntamiento de Valle de Matamoros

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Experiencia
C. Por cada mes de antigüedad en cualquier otra Administración Pública ocupando el
puesto objeto de la convocatoria.

Valoración (máx. 6
puntos)
0,01 puntos/mes

La antigüedad se acreditará siempre mediante informe de vida laboral y además certificación expedida por el
órgano competente de cada Administración Pública y contrato de trabajo y, en su caso, nombramiento.
2.2. Formación: Hasta un máximo de 4 puntos.

Formación
Por cada 5 horas de formación.
A estos efectos, un crédito equivale a 5 horas y a 0,20 puntos

Valoración (máx. 4 puntos)
0,20 puntos

Se valorarán los cursos y actividades formativas recibidos y acreditados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes, cuyo contenido se encuentre relacionado con las funciones a desarrollar en el
puesto/plaza a la que se opte, y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad, bien por
una institución pública o privada (Colegio Profesional, Sindicato, Cámara de Comercio; Federación, etc) en
colaboración con una Administración Pública. También se valorarán los cursos organizados por los sindicatos
al amparo de los Planes anuales de formación para el empleo del personal al servicio de la Administración
Pública.
Tienen la consideración de administraciones públicas, a los efectos de esta convocatoria: La Administración
General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las entidades que integran la
Administración Local y las entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia vinculadas o
dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas (por ejemplo, Organismos Autónomos). Las
empresas públicas se rigen por el derecho privado por lo que no tienen la consideración de Administración
Pública a estos efectos.
Se aportará el original o copia auténtica de los diplomas o certificaciones de la formación. En todo caso, se
valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se haya repetido su participación y
se valorará únicamente el del nivel superior o avanzado. No se valorarán los cursos en los que no se acrediten
las fechas de realización y las horas de duración.
En ningún caso serán valorados méritos no acreditados documentalmente.
2.3. Valoración y desempate:
La valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 10 puntos. En caso de empate en la
puntuación de concurso de méritos, los criterios de desempate serán y por este orden:
1.º. Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.1.A., antigüedad en el Ayuntamiento de Valle de Matamoros
ocupando el puesto objeto de la convocatoria.
2.º. Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.1.B, antigüedad en el Ayuntamiento de Valle de Matamoros
en el mismo grupo, subgrupo, cuerpo, escala, categoría o equivalente.
3.º. Si aún persistiese el empate, se resolverá por sorteo.
El Tribunal de Selección se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada en
relación a cualquiera de los méritos indicados anteriormente o a solicitar cuantas aclaraciones o información
adicional considere necesario, a su juicio.
3. Alegaciones a las puntuaciones otorgadas por el Tribunal de Selección.
Una vez baremados los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará un anuncio
con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes. El plazo para presentar alegaciones frente a las
mencionadas puntuaciones será de cinco (5) días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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