Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valle de Matamoros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03088/2023)
Bases que han de regir la convocatoria para la selección de una plaza de personal laboral fijo, Grupo AP, acogida al proceso extraordinario de estabilización de empleo público por sistema de concurso
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Valle de Matamoros
Anuncio 3088/2023
La Alcaldía podrá requerir a los miembros del órgano de selección una declaración expresa de no encontrarse
sometidos a ninguna de las causas de abstención legalmente previstas. Igualmente, quienes incurriesen en
causa de abstención deberán comunicarlo a la Alcaldía en el plazo máximo de 5 días hábiles.
Sexta. Calendario del proceso selectivo.
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento
extraordinario de concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del
proceso selectivo. La resolución de este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
Séptima. Sistema de selección.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61.7 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en
las disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el sistema selectivo para la
provisión de las plazas será el de concurso de méritos.
1. Méritos valorables:
En relación a la experiencia profesional, el tiempo de prestación de servicios y demás méritos estarán
referidos siempre a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. La "antigüedad" y
"formación" correspondientes al Ayuntamiento de Valle de Matamoros serán aportados de oficio por esta
entidad, siempre y cuando consten en el expediente personal, valorándose únicamente aquellos documentos
que en el mismo figuren, para lo cual cada persona aspirante deberá verificar previamente su contenido.
Los méritos que no consten en el expediente personal, se acreditarán mediante los documentos
correspondientes, que habrán de ser aportados junto a la solicitud de admisión, de conformidad con lo
establecido anteriormente en la base 4.2.
2. Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, con mayor ponderación de la
experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional
de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las
disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta
antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada a lo
largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas y más en concreto en este
Ayuntamiento, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la
que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en
cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En relación a la antigüedad, sólo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se
opta, los servicios prestados como personal funcionario/a interino o como laboral temporal, cualquiera que
sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por las personas interesadas se valorarán hasta un máximo de 10 puntos,
conforme a los siguientes criterios:
2.1. Antigüedad: Hasta un máximo de 6 puntos.
Experiencia
Valoración (máx. 6
puntos)
A. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Valle de Matamoros ocupando el
puesto objeto de la convocatoria
0,04 puntos/mes
B. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Valle de Matamoros en el mismo
grupo, subgrupo, cuerpo, escala, categoría o equivalente del puesto objeto de la
convocatoria
0,02 puntos/mes
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 13
Anuncio 3088/2023
La Alcaldía podrá requerir a los miembros del órgano de selección una declaración expresa de no encontrarse
sometidos a ninguna de las causas de abstención legalmente previstas. Igualmente, quienes incurriesen en
causa de abstención deberán comunicarlo a la Alcaldía en el plazo máximo de 5 días hábiles.
Sexta. Calendario del proceso selectivo.
En el marco de esta convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal, por el procedimiento
extraordinario de concurso de méritos, se adoptarán las medidas apropiadas para el desarrollo ágil del
proceso selectivo. La resolución de este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.
Séptima. Sistema de selección.
De conformidad con lo previsto en el artículo 61.7 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en
las disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el sistema selectivo para la
provisión de las plazas será el de concurso de méritos.
1. Méritos valorables:
En relación a la experiencia profesional, el tiempo de prestación de servicios y demás méritos estarán
referidos siempre a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. La "antigüedad" y
"formación" correspondientes al Ayuntamiento de Valle de Matamoros serán aportados de oficio por esta
entidad, siempre y cuando consten en el expediente personal, valorándose únicamente aquellos documentos
que en el mismo figuren, para lo cual cada persona aspirante deberá verificar previamente su contenido.
Los méritos que no consten en el expediente personal, se acreditarán mediante los documentos
correspondientes, que habrán de ser aportados junto a la solicitud de admisión, de conformidad con lo
establecido anteriormente en la base 4.2.
2. Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, con mayor ponderación de la
experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional
de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de conformidad con las
disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la temporalidad de los empleados públicos con una alta
antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada a lo
largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas y más en concreto en este
Ayuntamiento, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber sido ésta, la
que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional, y todo ello en
cumplimiento de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En relación a la antigüedad, sólo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se
opta, los servicios prestados como personal funcionario/a interino o como laboral temporal, cualquiera que
sea la modalidad del nombramiento interino/contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por las personas interesadas se valorarán hasta un máximo de 10 puntos,
conforme a los siguientes criterios:
2.1. Antigüedad: Hasta un máximo de 6 puntos.
Experiencia
Valoración (máx. 6
puntos)
A. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Valle de Matamoros ocupando el
puesto objeto de la convocatoria
0,04 puntos/mes
B. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Valle de Matamoros en el mismo
grupo, subgrupo, cuerpo, escala, categoría o equivalente del puesto objeto de la
convocatoria
0,02 puntos/mes
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 6 de 13