Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valle de Matamoros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (03088/2023)
Bases que han de regir la convocatoria para la selección de una plaza de personal laboral fijo, Grupo AP, acogida al proceso extraordinario de estabilización de empleo público por sistema de concurso
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Ayuntamiento de Valle de Matamoros

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posibilidad de revisión de oficio o en vía de recurso.
Segunda. Requisitos que deben reunir los aspirantes.
Para poder tomar parte en este proceso de selección, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que concluya el
plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos (artículo 56 TREBEP):

a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura (arts. 57.4 TREBEP y 90.4 LFPE).
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por
ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las
Comunidades Autónomas; no hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de
las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante
sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 96.1.b) del TREBEP. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del Certificado de escolaridad o equivalente, o en condiciones de
obtenerlo al término del plazo de presentación de instancias, con arreglo a la legislación
vigente. En todo caso, la equivalencia u homologación de titulaciones deberá ser aportada por
el aspirante, mediante certificación expedida al efecto, por el organismo oficial competente.
f) No ostentar la condición de personal laboral fijo o funcionario/a de carrera de la categoría
objeto de la convocatoria.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y durante el periodo de
adquisición de la condición de empleado/a público/a.
Tercera. Instancias y admisión de los aspirantes.
3.1. Las instancias solicitando tomar parte en el presente proceso selectivo (anexo I), deberán estar
debidamente cumplimentadas. Los aspirantes manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones
y requisitos exigidos en la base segunda, referidas al día en que concluya el plazo de presentación de
instancias o solicitudes para participar, se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Valle de Matamoros y se
presentarán en el Registro General del mismo o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dentro
del plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.2. A la instancia se acompañará:
a) Copia auténtica del DNI.
b) Copia auténtica de la titulación académica exigida en la convocatoria.
c) Los documentos fehacientes acreditativos de los méritos que se aleguen para su valoración
en la fase de concurso, necesariamente originales o copias auténticas. El Tribunal decidirá
sobre la suficiencia de los documentos para su valoración. Tales documentos se adjuntarán
únicamente durante el plazo de presentación de solicitudes. Los méritos alegados y no
justiciados con la documentación correspondiente no serán valorados por el Tribunal. En todo
caso, para acreditar la experiencia profesional, deberá adjuntarse necesariamente informe de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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