Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Risco. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (03009/2023)
Bases que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad, una plaza de Administrativo de Administración General, personal funcionario, mediante el sistema de concurso-oposición, por el procedimiento de promoción interna
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Risco

Anuncio 3009/2023

5.8.- El Tribunal resolverá por mayoría de votos de sus miembros presentes todas las dudas o propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases. Sus acuerdos serán impugnables en los supuestos y en la forma establecida por
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5.9.- El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que demanden oír la
opinión de técnicos especialistas, que tendrán voz, pero no voto, así como de colaboradores en tareas de vigilancia y control
de desarrollo de los diferentes ejercicios.
5.10.- Revisión de resoluciones del Tribunal: Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que
esta pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en cuyo caso
habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
Base sexta.- Comienzo y desarrollo de los ejercicios.
6.1- Las pruebas selectivas no podrán comenzar hasta transcurridos cinco días naturales desde la publicación de anuncio de
la fecha de su celebración en el Boletín Oficial de la Provincia, y no podrá exceder de un mes el tiempo comprendido entre
dicha publicación y la finalización de los ejercicios, salvo causa extraordinaria justificada.
6.2.- Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 horas y un
máximo de 10 días naturales. Si bien, el Tribunal, en función del número de opositores, podrá determinar que los dos
ejercicios de la fase de oposición se celebren en la misma jornada.
6.3.- Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, por orden alfabético empezando por la letra
"A", y deberán ir provistos del documento nacional de identidad. La no presentación al ejercicio en el momento de ser
llamados, comporta que decae automáticamente en su derecho de participar en el mismo y, en consecuencia, quedará
excluido del proceso selectivo.
6.4.- El Tribunal adoptará las medidas oportunas para que los ejercicios sean corregidos sin conocer la identidad del
aspirante.
6.5.- De cada sesión que celebre el Tribunal el Secretario levantará acta donde se harán constar las calificaciones de los
ejercicios de los aspirantes y las incidencias más destacables que se produzcan.
Base séptima.- Pruebas selectivas y valoración de méritos.
7.1.- Fases del proceso selectivo.
A.- El proceso constará de dos fases:
Oposición, que será valorada con un máximo de 20 puntos.
Concurso que se valorará con un máximo de 10 puntos.
B.- Los porcentajes de puntuación sobre el total del proceso atribuidas a las fases de oposición y concurso cumplen el
artículo 61 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como los límites contemplado al respecto por el
Tribunal Constitucional (STC 67/1989, de 18 de abril).
7.1.1.- Fase de oposición:
El proceso selectivo en la fase de oposición constará de dos ejercicios que tendrán carácter eliminatorio.
7.1.1.1.- Primer ejercicio.
A.- Consistirá en contestar un cuestionario de 20 preguntas, tipo test, con tres respuestas alternativas, de las cuales solo una
de ellas será la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del temario recogido en el anexo II.
B.- El tiempo máximo de duración de dicho ejercicio será de 60 minutos.
C.- El cuestionario que se proponga contendrá un número de tres preguntas adicionales, que sustituirán por su orden
correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
D.- Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
Se calificará a razón de 0,25 puntos cada respuesta correcta.
Las preguntas en blanco, o contestadas erróneamente no restarán ningún punto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 5 de 12