Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (02981/2023)
Aprobación de expediente y pliego de enajenación de semovientes de raza merina blanca de la Finca La Cocosa, propiedad de Diputación de Badajoz, en la XII Feria Agroganadera y Multisectorial de Siruela 2023
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad
Anuncio 2981/2023
intermedia, quienes en razón de su cargo o destino ejerzan alguna competencia respecto a los bienes que
vayan a ser objeto de subasta.
Quienes concurran al acto de enajenación habrán de afirmar, bajo su responsabilidad, no hallarse
comprendidos en ninguno de los casos de incapacidad mencionados anteriormente. Firmarán
imperativamente una declaración responsable (anexo III) de no hallarse comprendido en ninguna de las
circunstancias reseñadas y si se descubriera falsedad, se acordará la nulidad de la adjudicación.
5. Documentación licitadores.
Los licitadores que estén interesados en participar en la subasta, para los lotes de Diputación de Badajoz, acreditarán
su personalidad ante la Mesa de la subasta, con anterioridad a la celebración de la misma, presentando la siguiente
documentación:
Documentación Administrativa. DNI o Pasaporte, fotocopia del documento en vigor que acredite la
personalidad del licitador, o CIF, en el caso de empresas. En el supuesto de actuar en nombre o
representación de persona física o jurídica deberá acreditar su representación.
Anexo II. Datos del licitador.
Anexo III. Declaración responsable de no estar incurso en la prohibición recogida en el art 95.2 del
Reglamento General de la Ley de Patrimonio del Estado. Dicha declaración comprenderá
expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias
y de la seguridad social impuesta por las disposiciones vigentes.
Anexo IV. Documento de protección de datos.
6. Lugar, plazo y forma de presentación de la documentación y oferta económica. Sistema de puja.
Las pujas se realizarán en el propio acto de la subasta, que tendrá lugar en el emplazamiento indicado por el
ayuntamiento, a menos que la misma, por razones sanitarias deba realizarse online. A todos los efectos la
organización de la subasta la realiza El Ayuntamiento de Siruela
El sistema de será "puja a la llana", mediante ofertas iguales o superiores al precio de salida de cada lote de
los publicados por Diputación, al alza de un mínimo de 10,00 €, a partir del precio de arranque o salida
marcado para cada lote. No se admitirán las posturas que lo sean por debajo del precio base fijado para cada
lote.
Los licitadores que resulten adjudicatarios de cada uno de los lotes quedarán obligados al pago de los lotes
adjudicados al precio del remate final de la subasta en cada caso.
La enajenación del ganado es una operación sujeta y no exenta del IVA, al no quedar dicha actividad
amparada por lo dispuesto por el artículo 7.8 de la Ley 37/1992, todo ello según el informe externo de la
Dirección General de Tributos de 5 de mayo de 2009, aplicando el tipo de IVA que corresponda según la
legislación tributaria vigente en el momento de la adjudicación.
Siendo de aplicación los principios extraídos de la legislación contenida en la LCSP y sus disposiciones de
desarrollo en aras a garantizar los principios de libertad de acceso a las licitaciones, no discriminación e
igualdad de trato entre los candidatos y de asegurar una eficiente utilización de los recursos con la
salvaguarda de la libre competencia y, teniendo en cuenta el objeto de la enajenación así como sus
potenciales destinatarios, para tomar parte en la subasta no será necesario la constitución de garantía
provisional en base al artículo 106.1 LCSP.
7. Obligaciones del adjudicatario.
Una vez finalizada la subasta, en base al acta o informe técnico de la misma, se procederá a la adjudicación y,
en su caso, formalización del contrato, tras lo cual los adjudicatarios deberán proceder a efectuar el ingreso
de la cantidad adjudicada (precio de remate más 10% en concepto de IVA), bien directamente mediante pago
con tarjeta bancaria en el datáfano facilitado por los responsables de la subasta de Diputación de Badajoz, o
bien mediante transferencia bancaria en el número de cuenta de Diputación de Badajoz número: ES03 3009
0001 2025 4550 4629 (Caja Rural de Extremadura) .
Si el pago se produce mediante Tarjeta Bancaria, en el recinto ferial, se podrá retirar el ganado directamente
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 9
Anuncio 2981/2023
intermedia, quienes en razón de su cargo o destino ejerzan alguna competencia respecto a los bienes que
vayan a ser objeto de subasta.
Quienes concurran al acto de enajenación habrán de afirmar, bajo su responsabilidad, no hallarse
comprendidos en ninguno de los casos de incapacidad mencionados anteriormente. Firmarán
imperativamente una declaración responsable (anexo III) de no hallarse comprendido en ninguna de las
circunstancias reseñadas y si se descubriera falsedad, se acordará la nulidad de la adjudicación.
5. Documentación licitadores.
Los licitadores que estén interesados en participar en la subasta, para los lotes de Diputación de Badajoz, acreditarán
su personalidad ante la Mesa de la subasta, con anterioridad a la celebración de la misma, presentando la siguiente
documentación:
Documentación Administrativa. DNI o Pasaporte, fotocopia del documento en vigor que acredite la
personalidad del licitador, o CIF, en el caso de empresas. En el supuesto de actuar en nombre o
representación de persona física o jurídica deberá acreditar su representación.
Anexo II. Datos del licitador.
Anexo III. Declaración responsable de no estar incurso en la prohibición recogida en el art 95.2 del
Reglamento General de la Ley de Patrimonio del Estado. Dicha declaración comprenderá
expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias
y de la seguridad social impuesta por las disposiciones vigentes.
Anexo IV. Documento de protección de datos.
6. Lugar, plazo y forma de presentación de la documentación y oferta económica. Sistema de puja.
Las pujas se realizarán en el propio acto de la subasta, que tendrá lugar en el emplazamiento indicado por el
ayuntamiento, a menos que la misma, por razones sanitarias deba realizarse online. A todos los efectos la
organización de la subasta la realiza El Ayuntamiento de Siruela
El sistema de será "puja a la llana", mediante ofertas iguales o superiores al precio de salida de cada lote de
los publicados por Diputación, al alza de un mínimo de 10,00 €, a partir del precio de arranque o salida
marcado para cada lote. No se admitirán las posturas que lo sean por debajo del precio base fijado para cada
lote.
Los licitadores que resulten adjudicatarios de cada uno de los lotes quedarán obligados al pago de los lotes
adjudicados al precio del remate final de la subasta en cada caso.
La enajenación del ganado es una operación sujeta y no exenta del IVA, al no quedar dicha actividad
amparada por lo dispuesto por el artículo 7.8 de la Ley 37/1992, todo ello según el informe externo de la
Dirección General de Tributos de 5 de mayo de 2009, aplicando el tipo de IVA que corresponda según la
legislación tributaria vigente en el momento de la adjudicación.
Siendo de aplicación los principios extraídos de la legislación contenida en la LCSP y sus disposiciones de
desarrollo en aras a garantizar los principios de libertad de acceso a las licitaciones, no discriminación e
igualdad de trato entre los candidatos y de asegurar una eficiente utilización de los recursos con la
salvaguarda de la libre competencia y, teniendo en cuenta el objeto de la enajenación así como sus
potenciales destinatarios, para tomar parte en la subasta no será necesario la constitución de garantía
provisional en base al artículo 106.1 LCSP.
7. Obligaciones del adjudicatario.
Una vez finalizada la subasta, en base al acta o informe técnico de la misma, se procederá a la adjudicación y,
en su caso, formalización del contrato, tras lo cual los adjudicatarios deberán proceder a efectuar el ingreso
de la cantidad adjudicada (precio de remate más 10% en concepto de IVA), bien directamente mediante pago
con tarjeta bancaria en el datáfano facilitado por los responsables de la subasta de Diputación de Badajoz, o
bien mediante transferencia bancaria en el número de cuenta de Diputación de Badajoz número: ES03 3009
0001 2025 4550 4629 (Caja Rural de Extremadura) .
Si el pago se produce mediante Tarjeta Bancaria, en el recinto ferial, se podrá retirar el ganado directamente
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 4 de 9