Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Igualdad y Juventud. Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (02494/2023)
Convocatoria de oferta de plazas de residencia, alojamiento y manutención en la Residencia Universitaria "Hernán Cortés", para el curso 2023-2024
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Delegación de Igualdad y Juventud

Anuncio 2494/2023

en el anexo III dividida por el número de miembros de dicha unidad familiar.
2.2. Currículum académico.
– Para solicitantes universitarios, hasta 10 puntos expresados en milésimas de acuerdo con la
nota media de los créditos matriculados en el último curso académico. Los créditos superados
en la convocatoria de Julio se valorarán sobre un máximo de 5 puntos.
– Para solicitantes procedentes de Bachillerato. Hasta 10 puntos expresados en milésimas de
acuerdo con la nota media de asignaturas de segundo de Bachillerato.
2.3. Por participación en actividades.
– Los residentes en el curso 2022-2023 que hubieran participado y asistido de manera regular
al 80% de las actividades organizadas por la residencia, admitiéndose como válida la
justificación documental oficial de imposibilidad de asistencia, podrán obtener, de acuerdo con
la valoración que figura en el anexo II, hasta 3 puntos proporcionales expresados en milésimas
entre< 14 puntos (0 puntos de valoración) y 30 puntos o más (3,00 puntos de valoración)

3. En caso de empates en la puntuación de la baremación.
En situación de desempate en la puntuación de baremación se utilizarán como criterios de desempate los siguientes:
1.º Mayor nota media expediente académico.
2.º Menor renta per cápita.
3.º Mayor distancia de su localidad de residencia a la ciudad de Badajoz.
Base 7. Instrucción y resolución.
1. Gestión e instrucción:
La gestión e instrucción de los expedientes se llevará a cabo por la dirección de la Residencia Universitaria
"Hernán Cortés" que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos a valorar, en un plazo de 20 días hábiles desde el fin del período
de exámenes de la convocatoria de julio de la Universidad de Extremadura, siempre y cuando estén
aprobadas las actas de calificación correspondientes.
Si a la vista de la solicitud presentada el órgano instructor del procedimiento observara en la misma que
presenta defectos o está incompleta, requerirá a la persona solicitante para que en el plazo de diez días
hábiles proceda a la subsanación o acompañe los documentos que falten, conforme al articulo 82 de la Ley
39/2015, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Analizada la totalidad de la documentación presentada, incluyendo aquella que subsane los defectos
observados en la inicial, el órgano instructor elaborará un informe motivado sobre las solicitudes
presentadas. Este informe especificará las solicitudes excluidas y sus causas, así como la valoración de todas
las solicitudes que no resulten excluidas, conforme a los baremos recogidos en la base séptima. Se
diferenciará entre los solicitantes con acceso directo y los solicitantes de nuevo ingreso, diferenciados por
sexo. Y ordenados los últimos según puntuación decreciente. Dicho informe junto con el certificado expedido
por el Secretario General acreditativo de las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido en la
convocatoria se elevará a la Comisión de Valoración, encargada de su valoración definitiva y de la propuesta
de resolución, y que estará conformada en la forma que se establece a continuación.
2. Comisión de Valoración:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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