Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Parra. (01805/2023)
Bases reguladoras y convocatoria del programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de La Parra, anualidad 2023
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Ayuntamiento de La Parra

Anuncio 1805/2023

c) La renuncia parcial de la ayuda concedida.
d) Así mismo y con el fin de facilitar el procedimiento de gestión de la ayuda, será causa de modificación de la
misma, la ampliación de la cantidad inicialmente concedida, hasta el límite máximo que corresponda a la
unidad de convivencia en función del número de miembros de la misma.
Novena.- Causas de pérdida del derecho a la percepción de las ayudas y obligación de reintegro.
Son causas de pérdida del derecho a la percepción de las ayudas:
a) La pérdida de alguno de los requisitos que dieron lugar a la concesión de la ayuda.
b) El fallecimiento del beneficiario, si fuera el único miembro de la unidad de convivencia.
c) Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las presente bases.
d) Cambio de residencia a otra localidad.
e) Ocultamiento o falseamiento de datos.
f) Renuncia a la ayuda concedida en su totalidad o a lo que le quede por percibir de la misma.
En estos casos, se perderá el derecho a la percepción de las ayudas para suministros mínimos vitales para toda la anualidad
y las ayudas ya percibidas en la misma anualidad tendrán la consideración de indebidamente percibidas y nacerá la
obligación de reintegrarlas.
Décima.- Fondos destinados al pago de las ayudas.
El crédito presupuestario para el pago de las ayudas para suministros mínimos vitales se corresponderá con el importe de la
transferencia que a este efecto realice la Junta de Extremadura al Ayuntamiento de La Parra, de acuerdo con lo establecido
en la resolución de 16 de febrero de 2023, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Asuntos Sociales, por la que
se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 1 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno
de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal para suministros de
mínimos vitales para el 2023 (DOE n.º 34, de 17 de febrero de 2023).
Disposición final primera.
Se autoriza al Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento a dictar cuantos actos y disposiciones resulten necesarias para el
desarrollo y ejecución de lo dispuesto en estas bases.
Disposición final segunda.
Estas bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En La Parra, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Alejandro Lagar Nieto.
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ANEXO I
SOLICITUD AYUDAS PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES
1.- Datos personales del solicitante:

NRE:

Fecha de entrada:

Domicilio

Estado civil

Teléfono

Localidad

CP/Provincia

Domicilio a efectos de notificaciones (rellenar en caso de no coincidir con el
domicilio de residencia)

CP/Localidad/Provincia

Número de la cuenta bancaria para ingreso de la ayuda, en su caso:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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