Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Parra. (01805/2023)
Bases reguladoras y convocatoria del programa de colaboración económica municipal para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de La Parra, anualidad 2023
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Ayuntamiento de La Parra
Anuncio 1805/2023
2.- En caso de facturas impagadas, pueden abonarse las mismas con independencia de la fecha de emisión de la factura y
del periodo de facturación a que se refieran. En caso de facturas ya abonadas, solo se consideran financiables con cargo a
este programa las ayudas concedidas para el pago de facturas emitidas en el último trimestre del año anterior y las emitidas
en el año en curso.
3.- La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los importes por anualidad y unidad de convivencia
que se establecen a continuación:
Número de miembros
Cuantía de la ayuda
Hasta 2 miembros
950,00 €
Entre 3 y 4 miembros
1.100,00 €
5 o más miembros
1.200,00 €
Cuarta.- Procedimiento de solicitud y concesión de las ayudas.
1. El procedimiento para la concesión de las ayudas contempladas en estas bases se iniciará mediante solicitud del
interesado presentada ante el Registro de este Ayuntamiento, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La
Parra, conforme al modelo que figura en el anexo I de las presentes bases y a la que se acompañará la siguiente
documentación:
1.º. Copia del DNI/NIE de todos los miembros que integran la unidad de convivencia en el caso de que sean
mayores de 14 años.
2.º. En caso de ciudadanos de otro Estado de la Unión Europea, documento de identidad o pasaporte en vigor
de su Estado acompañado del certificado de inscripción en el Registro de Ciudadanos de la Unión.
3.º. En el caso de ciudadanos de Estados que no formen parte de la Unión Europea, tarjeta de residencia en
vigor.
4.º. Certificado de convivencia.
5.º. Fotocopia compulsada de la sentencia y del convenio regulador en caso de nulidad, separación, divorcio o
ruptura de convivencia.
6.º. Informe de vida laboral actualizado de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16
años.
7.º. Justificantes de ingresos económicos de todos los miembros de la unidad de convivencia
correspondientes a los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Informe de jornadas reales para trabajadores agrícolas.
Nóminas.
Certificado de prestaciones sociales del INSS.
Certificado de prestaciones del SEPE.
8.º. Aquellas personas que no acrediten ingresos, deberán aportar certificados negativos del SEPE, del INSS y
de la Junta de Extremadura.
9.º. Facturas impagadas, en su caso.
10.º. Si tiene hipoteca, fotocopia del documento que lo acredite y justificante del pago de los recibos de los
tres últimos meses.
11.º. Si tiene alquiler, fotocopia del contrato y copia de los recibos de los tres últimos meses.
12.º. Si hay algún miembro de la unidad de convivencia que tenga reconocida discapacidad igual o mayor al
65% o dependencia en cualquier grado:
Copia del certificado de discapacidad CADEX, en su caso.
Copia resolución de reconocimiento de dependencia, en su caso.
13.º. Cuando el solicitante haya estado empadronado en el año 2023, en otro municipio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, deberá aportar certificado del Ayuntamiento de ese municipio que indique si ha
resultado o no perceptor de ayudas para suministros mínimos vitales al amparo del Decreto 11/2021, de 17
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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2.- En caso de facturas impagadas, pueden abonarse las mismas con independencia de la fecha de emisión de la factura y
del periodo de facturación a que se refieran. En caso de facturas ya abonadas, solo se consideran financiables con cargo a
este programa las ayudas concedidas para el pago de facturas emitidas en el último trimestre del año anterior y las emitidas
en el año en curso.
3.- La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los importes por anualidad y unidad de convivencia
que se establecen a continuación:
Número de miembros
Cuantía de la ayuda
Hasta 2 miembros
950,00 €
Entre 3 y 4 miembros
1.100,00 €
5 o más miembros
1.200,00 €
Cuarta.- Procedimiento de solicitud y concesión de las ayudas.
1. El procedimiento para la concesión de las ayudas contempladas en estas bases se iniciará mediante solicitud del
interesado presentada ante el Registro de este Ayuntamiento, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La
Parra, conforme al modelo que figura en el anexo I de las presentes bases y a la que se acompañará la siguiente
documentación:
1.º. Copia del DNI/NIE de todos los miembros que integran la unidad de convivencia en el caso de que sean
mayores de 14 años.
2.º. En caso de ciudadanos de otro Estado de la Unión Europea, documento de identidad o pasaporte en vigor
de su Estado acompañado del certificado de inscripción en el Registro de Ciudadanos de la Unión.
3.º. En el caso de ciudadanos de Estados que no formen parte de la Unión Europea, tarjeta de residencia en
vigor.
4.º. Certificado de convivencia.
5.º. Fotocopia compulsada de la sentencia y del convenio regulador en caso de nulidad, separación, divorcio o
ruptura de convivencia.
6.º. Informe de vida laboral actualizado de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 16
años.
7.º. Justificantes de ingresos económicos de todos los miembros de la unidad de convivencia
correspondientes a los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Informe de jornadas reales para trabajadores agrícolas.
Nóminas.
Certificado de prestaciones sociales del INSS.
Certificado de prestaciones del SEPE.
8.º. Aquellas personas que no acrediten ingresos, deberán aportar certificados negativos del SEPE, del INSS y
de la Junta de Extremadura.
9.º. Facturas impagadas, en su caso.
10.º. Si tiene hipoteca, fotocopia del documento que lo acredite y justificante del pago de los recibos de los
tres últimos meses.
11.º. Si tiene alquiler, fotocopia del contrato y copia de los recibos de los tres últimos meses.
12.º. Si hay algún miembro de la unidad de convivencia que tenga reconocida discapacidad igual o mayor al
65% o dependencia en cualquier grado:
Copia del certificado de discapacidad CADEX, en su caso.
Copia resolución de reconocimiento de dependencia, en su caso.
13.º. Cuando el solicitante haya estado empadronado en el año 2023, en otro municipio de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, deberá aportar certificado del Ayuntamiento de ese municipio que indique si ha
resultado o no perceptor de ayudas para suministros mínimos vitales al amparo del Decreto 11/2021, de 17
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