Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Pedro de Mérida. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01085/2023)
Extracto de las bases reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de San Pedro de Mérida para el año 2023
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Ayuntamiento de San Pedro de Mérida

Anuncio 1085/2023

superior al 65% o tuvieran reconocida la situación de dependencia, con independencia del Grado y Nivel, se
incrementará un 10% por cada miembro de la unidad de convivencia.
Asimismo, si la persona solicitante miembro de la unidad de convivencia o en su caso, otra persona integrante
de la unidad familiar, estuviera abonando un préstamo hipotecario o alquiler sobre la vivienda habitual de
residencia, a fin de determinar la cantidad a imputar como recursos disponibles en el hogar se deducirá su
importe mensual sobre el total de los ingresos de la unidad familiar, hasta un máximo del 50% del IPREM
mensual, referido a 14 pagas.
A las personas integrantes de las unidades de convivencia solicitantes de las ayudas para suministros
mínimos vitales que sean beneficiarias del bono social eléctrico para consumidores vulnerables severos, se
aplicará los límites de renta y se realizará su cómputo conforme a lo establecido en la normativa reguladora
del bono social para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, a los solos efectos del pago de
facturas de suministro eléctrico. Para el resto de gastos o para el gasto de suministro eléctrico en caso de
personas solicitantes que no sean beneficiarias del bono social para consumidores vulnerables severos o
cuando haya transcurrido el plazo establecido para el pago de las facturas de estos consumidores, será de
aplicación el límite de rentas y el cómputo establecido en los párrafos anteriores.
De conformidad con las indicaciones efectuadas por la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y
Familia de la Junta de Extremadura los límites de ingresos para el ejercicio 2023 serán los siguientes:
IPREM 2023 (14 pagas):
8.400,00 € IPREM mensual 2023 (14 pagas): 700,00 €

N.º personas UEC

% IPREM

Límite ingresos netos

1

120%

840,00 €

2

128%

896,00 €

3

136%

952,00 €

4

144%

1.008,00 €

5

152%

1.064,00 €

6

160%

1.120,00 €

7

168%

1.176,00 €

8

176%

1.232,00 €

9

184%

1.288,00 €

10

192%

1.344,00 €

Límite si algún miembro tiene 65% o más de discapacidad o dependencia

N.º personas UEC

% IPREM

Límite ingresos netos

1

130%

910,00 €

2

140%

980,00 €

3

150%

1.050,00 €

4

160%

1.120,00 €

5

170%

1.190,00 €

6

180%

1.260,00 €

7

190%

1.330,00 €

8

200%

1.400,00 €

9

210%

1.470,00 €

10

220%

1.540,00 €

Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona
miembro de la unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la unidad de
convivencia:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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