Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00380/2023)
Bases reguladoras del concurso de carnaval 2023
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros

Anuncio 380/2023

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros
Salvatierra de los Barros (Badajoz)
Anuncio 380/2023
Bases reguladoras del concurso de carnaval 2023

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA EL TRADICIONAL CONCURSO DE CARNAVAL DE SALVATIERRA DE LOS
BARROS 2023
La Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros, atendiendo a la tradición que supone la celebración
de la fiesta popular de carnaval, organiza y convoca el "tradicional concurso de carnaval", que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Artículo 1.- Participantes.
1. Podrán participar en el desfile de carnaval 2023, todos aquellos grupos, parejas y personas individuales que
lo deseen, previa inscripción en el Ayuntamiento, hasta el miércoles 15 de febrero de 2023.
2. En todo, será necesario adjuntar a la inscripción escrito que refleje los datos de todos los miembros:
Nombre y apellidos, DNI y fecha de nacimiento, debiendo además nombrar a un responsable y representante
mayor de edad que actuará como interlocutor con el Ayuntamiento de Salvatierra de los Barros.
3. Todos los participantes deberán cumplir los requisitos recogidos en la Ley General de Subvenciones
(artículo 13), entre ellos, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, y del pago de obligaciones por reintegro de
subvenciones.
Artículo 2.- Aspectos generales.
1. Se valorará la originalidad, diseño del disfraz, el maquillaje, expresión e ingenio, animación y puesta en
escena.
2. Todas las personas, parejas o grupos inscritos están obligados a realizar el desfile de carnaval completo, no
entrando en el concurso los participantes inscritos que no lo realicen.
3. Todo grupo que realice una carroza, debe disponer de vehículo, conductor y remolque necesario para la
tracción de esta misma (arrastre, plataforma, camión, etc.) cumpliendo el vehículo todos los requisitos para
poder circular (permiso de circulación, seguro, ITV…).
4. Durante el desfile cada colectivo/persona participante deberá guardar una distancia de 5 metros con los
demás grupos participantes. El desfile se desarrollará sin paradas.
5. Todas las personas, parejas o grupos participantes deberán estar en la plaza de España, a las 18:15h,
iniciándose el desfile a las 18:30h. Se penalizará con 2 puntos menos la impuntualidad.
6. Todos los participantes que entorpezcan el buen desarrollo del desfile de forma injustificada, no sigan las
directrices de la organización o causen conflicto de cualquier tipo, serán descalificados automáticamente del
concurso.
7. No se valorará ningún traje que no esté inscrito previamente en el plazo fijado.
8. El orden del desfile será establecido por la organización, según la fecha de inscripción, alternando grupos,
parejas, carrozas y disfraces individuales.
9. El Ayuntamiento se reserva el derecho de utilizar el material gráfico resultante del evento (fotografías,
vídeos y otro material audiovisual), que en ningún caso será empleado con fines de lucro, comerciales o
ilícitos.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 2 de 6