Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alburquerque. (00340/2023)
Bases de la convocatoria de varias plazas de personal laboral fijo del grupo E, mediante concurso, incluidas en el proceso de estabilización de empleo temporal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Alburquerque
Anuncio 340/2023
entidades públicas, organizaciones sindicales o agente promotor acogido al Plan Nacional de
Formación Continua de Administraciones Públicas.
Por cada 10:00 horas de formación se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 20 puntos. A
estos efectos, un crédito equivale a 10:00 horas y a 0,20 puntos.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque
se haya repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de
duración.
En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a:
1.º.- La mayor puntuación obtenida en el apartado 1.a) del mérito de antigüedad
en el Ayuntamiento de Alburquerque ocupando el puesto objeto de
convocatoria.
2.º.- Mayor experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opte en
el Ayuntamiento de Alburquerque.
3.º.- Mayor experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opte en
otras administraciones públicas.
4.º.- Por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
7.3.- Acreditación de los méritos relativos a la experiencia profesional.
a) Criterios generales:
- No se computarán las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes.
- Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán
proporcionalmente.
b) Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Alburquerque no habrán de ser acreditados
por las personas aspirantes, de conformidad con el apartado uno de la presente base, siendo
estos aportados de oficio por la propia entidad.
c) Los servicios prestados en otras administraciones públicas: La experiencia profesional se
acreditará a través de certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente de
la administración donde se hubiesen efectuado, indicándose la denominación de la plaza, el
grupo de clasificación y porcentaje de duración de la jornada y tiempo de permanencia en la
plaza.
d) Los méritos de formación:
- Copia de los títulos y/o certificados de la asistencia a los cursos o actividades de
formación.
Octava.- Resolución de la convocatoria.
Una vez baremado los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará en la sede electrónica un
anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días naturales a partir del día
siguiente a la publicación en sede electrónica de las mismas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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entidades públicas, organizaciones sindicales o agente promotor acogido al Plan Nacional de
Formación Continua de Administraciones Públicas.
Por cada 10:00 horas de formación se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 20 puntos. A
estos efectos, un crédito equivale a 10:00 horas y a 0,20 puntos.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque
se haya repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel superior o avanzado.
No se valorarán los cursos en los que no se acrediten las fechas de realización y las horas de
duración.
En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a:
1.º.- La mayor puntuación obtenida en el apartado 1.a) del mérito de antigüedad
en el Ayuntamiento de Alburquerque ocupando el puesto objeto de
convocatoria.
2.º.- Mayor experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opte en
el Ayuntamiento de Alburquerque.
3.º.- Mayor experiencia en las plazas de igual denominación a la que se opte en
otras administraciones públicas.
4.º.- Por último, si aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo.
7.3.- Acreditación de los méritos relativos a la experiencia profesional.
a) Criterios generales:
- No se computarán las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes.
- Los servicios prestados en jornada a tiempo parcial, se valorarán
proporcionalmente.
b) Los servicios prestados en el Ayuntamiento de Alburquerque no habrán de ser acreditados
por las personas aspirantes, de conformidad con el apartado uno de la presente base, siendo
estos aportados de oficio por la propia entidad.
c) Los servicios prestados en otras administraciones públicas: La experiencia profesional se
acreditará a través de certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente de
la administración donde se hubiesen efectuado, indicándose la denominación de la plaza, el
grupo de clasificación y porcentaje de duración de la jornada y tiempo de permanencia en la
plaza.
d) Los méritos de formación:
- Copia de los títulos y/o certificados de la asistencia a los cursos o actividades de
formación.
Octava.- Resolución de la convocatoria.
Una vez baremado los méritos correspondientes al concurso, el Tribunal de selección publicará en la sede electrónica un
anuncio con las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes.
El plazo para presentar alegaciones frente a las mencionadas puntuaciones será de cinco días naturales a partir del día
siguiente a la publicación en sede electrónica de las mismas.
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