Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alburquerque. (00340/2023)
Bases de la convocatoria de varias plazas de personal laboral fijo del grupo E, mediante concurso, incluidas en el proceso de estabilización de empleo temporal
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Ayuntamiento de Alburquerque

Anuncio 340/2023

Tribunal de selección, al objeto de proceder a la baremación de los méritos relacionados con los servicios
prestados como personal contratado laboral en la categoría de plaza a la que opta.
El sistema de selección será el de concurso.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en el Ayuntamiento de Alburquerque será aportado de
oficio por la propia Corporación.
El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras administraciones públicas habrá de ser aportado
durante el tiempo de 20 días hábiles establecido para la presentación de solicitudes al presente proceso
selectivo.
7.2.- Baremación del concurso de méritos.
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, todos ellos relacionados con la
experiencia profesional y la formación relacionada con el puesto, teniendo en cuenta que el objetivo de los
procesos selectivos de carácter excepcional de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de conformidad con las disposiciones adicionales 6.ª y 8.ª, es reducir la temporalidad de los
empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su estabilización, de ahí que se considere
crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la trayectoria profesional en las administraciones públicas
y más en concreto en este Ayuntamiento de Alburquerque, siendo así que los méritos a valorar se centren en
la citada experiencia al haber sido esta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este
proceso excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina del TJUE.
Solo serán tenidos en cuenta en las plazas de igual denominación a la que se opta, los servicios prestados
como personal funcionario interino o como laboral temporal, cualquiera que sea la modalidad del
nombramiento interino/contratación temporal o situación equivalente de temporalidad.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo: (La
valoración de la fase de concurso se efectuará sobre un máximo de 100 puntos).
1.- Antigüedad:
A. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Alburquerque ocupando
la plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes, se otorgarán 0,45 puntos, hasta un máximo de 80
puntos.
B. Por cada mes de antigüedad en el Ayuntamiento de Alburquerque en la
misma plaza, escala, categoría o equivalente de la plaza objeto de la
convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, se otorgarán 0,25 puntos, hasta un máximo de 80 puntos.
C. Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración Pública ocupando la
misma plaza objeto de la convocatoria hasta la fecha de terminación del plazo de
presentación de solicitudes, se otorgarán 0,20 puntos, hasta un máximo de 80
puntos.
D. Por cada mes de antigüedad en cualquier Administración Pública en el mismo
cuerpo, escala, categoría o equivalente de la plaza objeto de la convocatoria
hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se
otorgarán 0,15 puntos, hasta un máximo de 80 puntos.
La puntuación máxima por antigüedad no podrá ser superior a 80 puntos.
2.- Formación: Se valorarán los cursos y actividades formativas, oficiales, recibidos y
acreditados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, cuyo
contenido esté directamente relacionado con las funciones propias de la plaza a la que se
pretende acceder, y hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Ayuntamiento
de Alburquerque, el Instituto Nacional de Administración Pública, otras administraciones o
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