Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (00273/2023)
Bases y convocatoria para la provisión de una plaza de personal funcionario interino denominada Encargado General de Obras y Servicios
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Ayuntamiento de Castuera

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No obstante, y a efectos de lo dispuesto en la base 11.3 para el caso de no aportación de documentos por los aspirantes
propuestos en el plazo establecido, el Tribunal hará pública una relación por orden de mayor a menor puntuación de los
aspirantes que, no habiendo superado el proceso selectivo, han aprobado los dos ejercicios eliminatorios de la oposición.
11. UNDÉCIMA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
11.1. Documentos exigibles.
Los aspirantes propuestos presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento los siguientes documentos acreditativos de que
poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las bases:
a) Documento de identificación (DNI, NIE, pasaporte).
b) Copia auténtica u original para la emisión de copia auténtica del título a que se hace referencia en el
apartado c) de la base 2.1, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el supuesto de
haber invocado un título equivalente a los exigidos, habrá de acompañarse un certificado expedido por la
Administración educativa competente que acredite la citada equivalencia. Si estos documentos estuviesen
expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificarse el
momento en que concluyeron los estudios.
c) Certificado médico expedido en modelo oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que
imposibilite el normal ejercicio de la función.
d) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio
de funciones públicas. No será necesario aportar aquellos documentos que ya obren en el expediente
mediante original o copia autentica. Los que tuvieren la condición de funcionarios públicos estarán exentos
de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo
aportar únicamente certificación expedida por la Administración Pública de la que dependan, acreditando su
condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
11.2. Plazo.
El plazo de presentación de documentos será de 10 días hábiles, desde que haga pública la relación de aprobados en el
tablón de edictos del Ayuntamiento.
11.3. Falta de presentación de documentos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General del Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional, de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados,
quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por
falsedad en sus solicitudes de participación.
En este supuesto, además, se entenderá efectuada la propuesta de nombramiento del Tribunal en favor del aspirante que,
tras el decaído en su derecho, hubiere aprobado los tres ejercicios eliminatorios de la fase de oposición y ocupase el
siguiente lugar en el orden de puntuación final y así sucesivamente.
12. DUODÉCIMA. NOMBRAMIENTO COMO FUNCIONARIO DE CARRERA.
Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieren superado, y acrediten reunir los requisitos exigidos, serán nombrados
funcionarios interinos por la Alcaldía. El nombramiento deberá publicarse en el tablón de edictos físico y electrónico del
Ayuntamiento y en el BOP.
13. DECIMOTERCERA. TOMA DE POSESIÓN.
13.1. Plazo.
Una vez aprobado el nombramiento por la Alcaldía, los aspirantes incluidos en el mismo deberán tomar posesión en el plazo
de 5 días a contar desde el día siguiente a la notificación del nombramiento.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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