Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06487/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Agente de Empleo Local y Desarrollo Local, como personal laboral fijo, en el turno libre por el sistema de concurso, dentro del proceso de estabilización
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Ayuntamiento de Monesterio
Anuncio 6487/2022
aspirantes ha realizado cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad
manifiesta en su solicitud, que genere competencia desleal de acuerdo con los principios de
igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera
aprobado la relación definitiva de personas aspirantes admitidas, comunicando las falsedades
o actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la resolución de dicho
órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
7.4.- Tras la exposición de la lista provisional por orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles
para posibles reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar, la lista definitiva de aspirantes por orden de puntuación.
En caso de que, dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a
efectos de desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional: a.2) Experiencia en el Ayuntamiento de
Monesterio.
2. Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional: a.3) Experiencia en otras
administraciones públicas.
3. Mayor puntuación en el apartado b) de formación.
4. Por sorteo.
Octava.- Resolución de la convocatoria.
8.1.- Una vez finalizado el concurso, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de
puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como personal laboral fijo
de quien haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición personal
laboral fijo de un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los
acuerdos que contravengan esta limitación.
8.2.- Las personas seleccionadas deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de
Monesterio, dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública
la relación de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás
requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la
Unión Europea, deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada del español o del
nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a
su cargo.
b) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
correspondientes funciones.
c) Fotocopia y original del título exigido en estas bases, o certificación académica original que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del
mismo.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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aspirantes ha realizado cualquier tipo de actuación fraudulenta o incurrido en falsedad
manifiesta en su solicitud, que genere competencia desleal de acuerdo con los principios de
igualdad, mérito y capacidad, previa audiencia a la persona interesada, deberá emitir
propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera
aprobado la relación definitiva de personas aspirantes admitidas, comunicando las falsedades
o actuaciones fraudulentas formuladas por la persona aspirante. Contra la resolución de dicho
órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
7.4.- Tras la exposición de la lista provisional por orden de puntuación se abrirá un plazo de 5 días hábiles
para posibles reclamaciones.
Una vez resueltas, se procederá a publicar, la lista definitiva de aspirantes por orden de puntuación.
En caso de que, dos o más aspirantes, obtengan la misma puntuación final, los criterios a tener en cuenta, a
efectos de desempate y para aplicar de forma progresiva si el empate persistiese serán:
Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional: a.2) Experiencia en el Ayuntamiento de
Monesterio.
2. Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional: a.3) Experiencia en otras
administraciones públicas.
3. Mayor puntuación en el apartado b) de formación.
4. Por sorteo.
Octava.- Resolución de la convocatoria.
8.1.- Una vez finalizado el concurso, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden de
puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como personal laboral fijo
de quien haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso a la condición personal
laboral fijo de un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo nulos de pleno derecho los
acuerdos que contravengan esta limitación.
8.2.- Las personas seleccionadas deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de
Monesterio, dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública
la relación de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás
requisitos exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad en vigor.
En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la
Unión Europea, deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada del español o del
nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que no está separado de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a
su cargo.
b) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las
correspondientes funciones.
c) Fotocopia y original del título exigido en estas bases, o certificación académica original que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del
mismo.
d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios
de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el
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