Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monesterio. Boletín Oficial de la Provincia (Badajoz). (06487/2023)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Agente de Empleo Local y Desarrollo Local, como personal laboral fijo, en el turno libre por el sistema de concurso, dentro del proceso de estabilización
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Ayuntamiento de Monesterio

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libremente por el Tribunal motivadamente, comporta que no podrá presentarse con posterioridad, toda vez
que en plazo concedido para, subsanación o mejora, dicho trámite solo podrá realizarse sobre lo ya
presentado. No pudiendo ser valorada por el Tribunal.
6.4.- De cada sesión que celebre el Tribunal, el Secretario levantará acta donde se hará constar las
calificaciones de las valoraciones otorgadas a cada uno de los aspirantes y las incidencias más destacables
que se produzcan.
Séptima.- Proceso de selección y valoración de méritos.
7.1.- La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación
de solicitudes.
7.2.- La persona candidata deberá rellenar y presentar el auto baremo del anexo II.
El auto baremo vinculará a las personas aspirantes en relación a la documentación aportada, siendo la
puntuación definitiva, en todo caso, la fijada por el Tribunal de Selección.
Se adjuntarán copia de todos los méritos alegados para el concurso, conforme a estas bases y en especial:
- Informe de vida laboral actualizado a fecha de la convocatoria.
- Contratos de trabajo o certificado de servicios prestados en Administración Pública distinta
del Ayuntamiento de Monesterio emitido por órgano competente donde figuren los datos
imprescindibles para poder valorarlos, denominación de la plaza, grupo de clasificación y
duración de la jornada.
- Diplomas o certificaciones de cursos de formación y actividades formativas.
La antigüedad y experiencia laboral en el Ayuntamiento de Monesterio. Se comprobará de oficio.
Todos los documentos que se presenten irán numerados de forma correlativa, comenzando por el número
uno y en el orden que se establece en el modelo de auto baremo, es decir, primero los documentos
referentes a la experiencia profesional y a continuación los relativos a los de formación. De esta forma el
número de documento que se indique en el modelo de auto baremo debe coincidir con el número asignado
al documento que se adjunta.
7.3.- Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
7.3.a.- Experiencia laboral (Máximo 10 puntos).
En caso de presentarse contratos de trabajo a tiempo parcial, se tendrá en cuenta la jornada
efectivamente trabajada en la proporción que se haya realizado.
No serán tenidos en cuenta los servicios prestados para cualquier administración bajo la
modalidad de contratos de trabajo temporales de colaboración social, celebrados al amparo
del Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio.
a.2.- Por el desempeño en el Ayuntamiento de Monesterio del puesto de trabajo
de la categoría convocada, de Agente de Empleo y Desarrollo Local, como
personal funcionario interino, personal laboral fijo, o temporal, o personal
laboral indefinido no fijo, en base a lo establecido en la disposición adicional
sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público.
Se otorgaran 0,10 puntos por cada mes completo de servicios, computándose
proporcionalmente los períodos inferiores por días. A estos efectos, los meses,
se consideraran de 30 días.
Este extremo se justificará de oficio por el propio Ayuntamiento que lo remitirá
al Tribunal de Selección.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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