Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (04754/2022)
Bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones para atenuar el impacto económico de la crisis económica y la subida de precios, destinada a empresas y autónomos de Jerez de los Caballeros y pedanías en 2022
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 4754/2022
f) Someterse a la publicidad de la subvención concedida, tal y como se establece en las presentes bases.
g) Cumplir las restantes obligaciones que detalla el artículo 14 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
h) En el caso de que la persona o empresa beneficiaria se encuentre comprendida en los supuestos del
artículo 3.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno, deberá adaptarse a las obligaciones de publicidad activa que le resulten aplicables.
i) Con carácter previo al pago de la subvención deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias con la
Administración Estatal, Autonómica y Local y con la Seguridad Social.
j) Efectuar la justificación del destino de la subvención abonada, en los términos y plazos establecidos en la
base quinta de esta convocatoria.
B.- AUTORIZACIONES.
El abajo firmante, al acogerse a las ayudas reguladas en la convocatoria de subvenciones destinadas a empresas del
municipio de Jerez de los Caballeros para atenuar el impacto económico derivado de la crisis de la guerra de Ucrania
autoriza al Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros (señalar):
B.1.- A la consulta interactiva por parte del órgano gestor de los requisitos de hallarse al corriente en el
cumplimiento de las obligaciones tributarias con este Ayuntamiento. En caso de no autorizar u oponerse a la
comprobación por el órgano gestor de estos requisitos, deberá aportarse de manera obligatoria la
documentación acreditativa.
B.2.- A que todos los trámites relacionados con este expediente se realicen a través de la siguiente dirección de
correo electrónico:
C.- ADVERTENCIAS.
1) Se advierte al beneficiario que la subvención, de otorgarse, estará supeditada a la veracidad de lo declarado
en el presente documento, sin perjuicio de otras responsabilidades en que pueda incurrirse con arreglo a la
legislación vigente.
2) La declaración responsable contenida en el presente documento tendrá una validez de seis meses
contados a partir de la fecha de expedición.
D.- SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN.
A los expresados efectos se aporta la siguiente documentación:
DNI
CIF de la entidad
Acreditación documental de la constitución de la sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades
económicas sin personalidad jurídica, copia escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica
actualizados, inscritos en el correspondiente Registro.
Acreditación de los poderes de la persona administradora o representante legal que haya firmado la solicitud.
Documento de alta a terceros en el caso de no estar dado de alta en el sistema contable del Ayuntamiento de
Jerez de los Caballeros o en caso de haber alguna variación en los datos existentes.
Documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria (AEAT), frente a la Seguridad Social (TGSS).
Documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Jerez de
los Caballeros, en su caso.
En Jerez de los Caballeros, a ……de……… de 2022.
Firma del interesado:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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f) Someterse a la publicidad de la subvención concedida, tal y como se establece en las presentes bases.
g) Cumplir las restantes obligaciones que detalla el artículo 14 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
h) En el caso de que la persona o empresa beneficiaria se encuentre comprendida en los supuestos del
artículo 3.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen
Gobierno, deberá adaptarse a las obligaciones de publicidad activa que le resulten aplicables.
i) Con carácter previo al pago de la subvención deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias con la
Administración Estatal, Autonómica y Local y con la Seguridad Social.
j) Efectuar la justificación del destino de la subvención abonada, en los términos y plazos establecidos en la
base quinta de esta convocatoria.
B.- AUTORIZACIONES.
El abajo firmante, al acogerse a las ayudas reguladas en la convocatoria de subvenciones destinadas a empresas del
municipio de Jerez de los Caballeros para atenuar el impacto económico derivado de la crisis de la guerra de Ucrania
autoriza al Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros (señalar):
B.1.- A la consulta interactiva por parte del órgano gestor de los requisitos de hallarse al corriente en el
cumplimiento de las obligaciones tributarias con este Ayuntamiento. En caso de no autorizar u oponerse a la
comprobación por el órgano gestor de estos requisitos, deberá aportarse de manera obligatoria la
documentación acreditativa.
B.2.- A que todos los trámites relacionados con este expediente se realicen a través de la siguiente dirección de
correo electrónico:
C.- ADVERTENCIAS.
1) Se advierte al beneficiario que la subvención, de otorgarse, estará supeditada a la veracidad de lo declarado
en el presente documento, sin perjuicio de otras responsabilidades en que pueda incurrirse con arreglo a la
legislación vigente.
2) La declaración responsable contenida en el presente documento tendrá una validez de seis meses
contados a partir de la fecha de expedición.
D.- SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN.
A los expresados efectos se aporta la siguiente documentación:
DNI
CIF de la entidad
Acreditación documental de la constitución de la sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades
económicas sin personalidad jurídica, copia escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica
actualizados, inscritos en el correspondiente Registro.
Acreditación de los poderes de la persona administradora o representante legal que haya firmado la solicitud.
Documento de alta a terceros en el caso de no estar dado de alta en el sistema contable del Ayuntamiento de
Jerez de los Caballeros o en caso de haber alguna variación en los datos existentes.
Documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la
Administración Tributaria (AEAT), frente a la Seguridad Social (TGSS).
Documentos acreditativos de estar al corriente con sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Jerez de
los Caballeros, en su caso.
En Jerez de los Caballeros, a ……de……… de 2022.
Firma del interesado:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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