Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. (04674/2022)
Pliego de cláusulas económico-administrativas particulares para la concesión del quiosco del parque Juan Ignacio Zoido de Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra

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Provincial de Badajoz, en la forma prevista en el presente pliego.
El límite en cuanto al tamaño de los archivos a incluir en el sobre electrónico es el siguiente:
En caso de que se firmen electrónicamente, el límite es de 8MB por archivo.
Si no se requiere firma electrónica del archivo, el límite es de 30MB.
El límite máximo del total de los archivos será 100 MB, de forma que el sobre electrónico no podrá superar dicho límite.
La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas o condiciones
de los pliegos, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar
los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisión de variantes en su caso. Tampoco
podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una
unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
A efectos de licitación, a través de a plataforma de licitación se presentará una sola oferta electrónica (comprensiva de todos
los lotes a los que se licite). Mientras está abierto el plazo de presentación de ofertas, los licitadores podrán presentar
cuantas ofertas estimen oportunas, rectificando la anterior. A efectos de licitación la única oferta que se tendrá en cuenta
será la última presentada, de forma que las anteriores se tendrán por no presentadas.
Contenido sobre electrónico "documentación administrativa".
Las empresas licitadoras deberán presentar la siguiente documentación:
Una declaración responsable del licitador, ajustada al formulario de Documento Europeo Único de Contratación
(DEUC), siguiendo las instrucciones previstas en el anexo correspondiente del presente pliego. No obstante, en todo
caso el órgano de contratación o la mesa de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá
recabar, en cualquier momento anterior a la adjudicación, que los licitadores aporten documentación acreditativa del
cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato. El momento decisivo para apreciar
la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de
finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
En el caso de los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal (UTE), cada uno de los
integrantes deberá aportar su propia Declaración Responsable. Igualmente deberán aportar el compromiso de
constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato, indicando los nombres y
circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno.
En los casos en que el licitador recurra a la solvencia y medios de otras empresas (de conformidad con el artículo 75
de la LCSP), cada una de ellas también deberá presentar una declaración responsable.
En el caso de división por lotes con distintos requisitos de solvencia, se aportará una declaración responsable por
cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos criterios de solvencia.
Contenido sobre electrónico "criterios cuantificables mediante aplicación de fórmulas matemáticas"
En este sobre se incluirá únicamente la proposición relativa a criterios cuantificables de forma automática,
debidamente firmada. No se aceptarán aquellas proposiciones que contengan omisiones o errores que
impidan conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar la oferta.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese
cualquiera de los precios unitarios máximos de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido,
comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del
licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de
contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo, el cambio u omisión
de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.
Este anexo deberá ser presentado por el empresario individual o por la persona que, en representación de
persona jurídica, ostente los poderes suficientes a tales efectos.
Concretamente se incluirán en el sobre los siguientes archivos:
- Oferta en formato PDF, conforme al modelo previsto en el presente pliego.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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