Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04614/2022)
Bases para la selección de una plaza de Bibliotecario/a en régimen laboral fijo mediante concurso-oposición
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Azuaga
Anuncio 4614/2022
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener, según lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, el título de Diplomado en Biblioteconomía y documentación o grado en
información y documentación o título equivalente. En el supuesto de invocar un título equivalente a los
exigidos, habrá de acompañarse certificado expedido por el Consejo Nacional de Educación o cualquier otra
autoridad u órgano competente en materia educativa que acredite la equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite
su homologación, equivalencia o convalidación en su caso.
f) Haber abonado, en su caso, la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la
base cuarta.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y durante el período de
nombramiento de empleada/o pública/o.
Tercera. Adaptaciones por razón de discapacidad.
Los aspirantes que sufran algún tipo de discapacidad lo harán constar en su solicitud, declarando que reúnen las
condiciones exigidas por la normativa aplicable e indicando las adaptaciones de tiempo y medios necesarios para asegurar
su participación en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. A su solicitud adjuntará certificado de discapacidad
donde se acrediten las deficiencias permanentes que han dado lugar al grado de discapacidad reconocido, para que
posteriormente el Tribunal entre a valorar la procedencia o no de las adaptaciones solicitadas. Una vez analizadas las
necesidades específicas de cada uno de los estos aspirantes, el Tribunal adoptará las medidas necesarias de adaptaciones
de tiempo y medios que serán publicadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección: https://sede.azuaga.es].
Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás personas aspirantes. El Tribunal
de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que correspondan, concederá o denegará
las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de
personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta que las
mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible
para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a realizar.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Sra.
Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento y se presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en alguno
de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Los aspirantes deberán presentar junto con la instancia los documentos acreditativos de los méritos que alegan para la fase
de concurso.
Asimismo, las bases de las pruebas selectivas, así como las correspondientes convocatorias, se publicarán en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección: https://sede.azuaga.es] y en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. El Ayuntamiento
será el responsable del tratamiento de estos datos.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección: https://sede.azuaga.es] se señalará un plazo de diez días
hábiles para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener, según lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, el título de Diplomado en Biblioteconomía y documentación o grado en
información y documentación o título equivalente. En el supuesto de invocar un título equivalente a los
exigidos, habrá de acompañarse certificado expedido por el Consejo Nacional de Educación o cualquier otra
autoridad u órgano competente en materia educativa que acredite la equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite
su homologación, equivalencia o convalidación en su caso.
f) Haber abonado, en su caso, la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la
base cuarta.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y durante el período de
nombramiento de empleada/o pública/o.
Tercera. Adaptaciones por razón de discapacidad.
Los aspirantes que sufran algún tipo de discapacidad lo harán constar en su solicitud, declarando que reúnen las
condiciones exigidas por la normativa aplicable e indicando las adaptaciones de tiempo y medios necesarios para asegurar
su participación en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. A su solicitud adjuntará certificado de discapacidad
donde se acrediten las deficiencias permanentes que han dado lugar al grado de discapacidad reconocido, para que
posteriormente el Tribunal entre a valorar la procedencia o no de las adaptaciones solicitadas. Una vez analizadas las
necesidades específicas de cada uno de los estos aspirantes, el Tribunal adoptará las medidas necesarias de adaptaciones
de tiempo y medios que serán publicadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección: https://sede.azuaga.es].
Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con las demás personas aspirantes. El Tribunal
de Selección, a la vista de las solicitudes presentadas y tras recabar los informes que correspondan, concederá o denegará
las adaptaciones de tiempos y medios solicitadas, aplicando la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen
criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de
personas con discapacidad. Para la concesión o denegación de las solicitudes de adaptación, se tendrá en cuenta que las
mismas no deberán desvirtuar el contenido del ejercicio, ni implicar reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible
para superar el proceso selectivo, así como que la adaptación guarde relación directa con el formato del ejercicio a realizar.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Sra.
Alcaldesa-Presidente del Ayuntamiento y se presentarán en el registro electrónico general de este Ayuntamiento o en alguno
de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del
anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Los aspirantes deberán presentar junto con la instancia los documentos acreditativos de los méritos que alegan para la fase
de concurso.
Asimismo, las bases de las pruebas selectivas, así como las correspondientes convocatorias, se publicarán en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección: https://sede.azuaga.es] y en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. El Ayuntamiento
será el responsable del tratamiento de estos datos.
Quinta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la
Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección: https://sede.azuaga.es] se señalará un plazo de diez días
hábiles para subsanación.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para presentación.
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