Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Gestión Tributaria (Mérida). (00593/2022)
Extracto de las bases reguladoras de la concesión de ayudas de emergencia social durante el año 2022
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 593/2022

Atención a la Dependencia.
- Prestación familiar por hijo a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad afectado por una discapacidad
en grado igual o superior al 65%.
- Becas y ayudas al estudio concedidas por cualquier Administración Pública.
- Ayudas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la
asistencia a acciones de formación ocupacional.
En casos excepcionales, cuando de la documentación obrante en el expediente se desprenda de manera manifiesta que la
unidad familiar no cumple con los requisitos para resultar beneficiaria de la ayuda, deberá incorporarse al expediente un
informe social en el que conste que se requiere implementar una acción para prevenir una situación de exclusión social.
LÍMITE DE INGRESOS ESTABLECIDO
Personas que integran la unidad familiar (incluido el solicitante) % a aplicar sobre 668,02 euros (IPREM 14 pagas) tope que
no se debe superar al mes (euros).

1

2

3

4

5

6

7

100%

108%

116%

124%

132%

140%

148%

668,02

721,46

774,90

828,34

881,78

935,22

988,66

LÍMITE EN CASO DE MIEMBROS CON DISCAPACIDAD (65% o más)
Personas que integran la unidad familiar (incluido el solicitante) % a aplicar sobre 668,02 euros (IPREM 14 pagas) tope que
no se debe superar al mes (euros).

1

2

3

4

5

6

7

110%

120%

130%

140%

150%

160%

170%

734,82

801.62

868,42

935,22

1.002,02

1.068,82

1.135,62

Segundo. Finalidad.
Constituye el objeto de las presentes bases la regulación de la concesión de ayudas de emergencia social durante el año
2022, destinadas a aquellas personas integradas en una unidad de convivencia cuyos recursos resulten insuficientes para
hacer frente a gastos específicos, de carácter ordinario o extraordinario, necesarios para prevenir, evitar o paliar situaciones
de exclusión social.
Tercero. Bases reguladoras.
Aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 10 de febrero de 2022, y publicadas en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 36, del martes 22 de febrero de 2022.
Cuarto. Cuantía de las ayudas.
La cuantía de las ayudas, por todos los conceptos, no podrá exceder, por anualidad y unidad de convivencia, de los
siguientes importes:

Miembros cuantía de la ayuda hasta 2 miembros

700,00 euros

Entre 3 y 4 miembros

750,00 euros

5 o más miembros

800,00 euros

De presentarse varias solicitudes por la misma unidad de convivencia, no podrá concedérseles un importe superior al
establecido anteriormente.
Para la determinación de la ayuda máxima a conceder se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) El nivel de recursos de la persona solicitante y de las demás personas miembros de su unidad de
convivencia.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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