Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medina de las Torres. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (00588/2022)
Bases de la convocatoria que regirán el procedimiento para acceder a las ayudas para suministros mínimos vitales
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Ayuntamiento de Medina de las Torres

Anuncio 588/2022

los ingresos de la unidad familiar, hasta un máximo del 50% del IPREM mensual, referido a 14 pagas (329,53
euros). A las personas integrantes de las unidades de convivencia, solicitantes de las ayudas para suministros
mínimos vitales que sean beneficiarias del bono social eléctrico para consumidores vulnerables severos, se
aplicará los límites de renta y se realizará su cómputo conforme a lo establecido en la normativa reguladora
del bono social para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, a los solos efectos del pago de
facturas de suministro eléctrico. Para el resto de gastos o para el gasto de suministro eléctrico en caso de
personas solicitantes que no sean beneficiarias del bono social para consumidores vulnerables severos o
cuando haya transcurrido el plazo establecido para el pago de las facturas de estos consumidores, será de
aplicación el límite de rentas y el cómputo establecido en los párrafos anteriores.
2.2. Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona miembro de la
unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
2.3. Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la unidad de
convivencia:
a) La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal,
establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
b) La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté
afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65 % de discapacidad.
c) Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones públicas.
d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se
obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
Teniendo en cuenta los importes actuales establecidos para el IPREM, los límites de ingresos o rentas para
acceder a estas ayudas sería el siguiente:

IPREM 2022 (14 pagas): 8.106,28 euros.
IPREM mensual a 14 pagas: 675,53 euros.

N.º PERSONAS UEC

% IPREM LÍMITE INGRESOS NETOS

1

100%

675,53 euros

2

108%

729,57 euros

3

116%

783,61 euros

4

124%

837,66 euros

5

132%

891,70 euros

6

140%

945,74 euros

7

148%

999,78 euros

8

156%

1.053,83 euros

9

164%

1.107,87 euros

10

172%

1.161,91 euros

LÍMITE SI ALGÚN MIEMBRO TIENE 65% O MÁS DE DISCAPACIDAD O
DEPENDENCIA.

Nº PERSONAS UEC

% IPREM LÍMITE INGRESOS NETOS

1

110%

743,08 euros

2

120%

810,64 euros

3

130%

878,19 euros

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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