Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. (00553/2022)
Bases específicas reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones locales
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Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 553/2022

El plazo de presentación de la justificación será de un mes a contar desde el 2 de enero de 2023, finalizando el plazo el 4 de
febrero de 2023.
Debido cumplimiento con el mandato establecido en el artículo 189.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales: "Los perceptores de subvenciones
concedidas con cargo a los presupuestos de las entidades locales y de los organismos autónomos vendrán obligados a
acreditar, antes de su percepción, que se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales con la entidad, así como,
posteriormente, a justificar Ia aplicación de los fondos recibidos".
Para la justificación de la subvención será necesario entregar la siguiente documentación:
A. Memoria detallada de la actividad o actividades subvencionadas, en la que conste una descripción de la
misma, la fecha y lugar de realización, el número de personas que han participado y el material gráfico
correspondiente (fotografías, cartelería, folletos u otros soportes).
B. Presentación del original de las facturas de los gastos de las actividades subvencionadas por importe
equivalente al de la ayuda concedida, como mínimo. En caso de que se trate de una factura compartida con
otra fuente de financiación, se deberá indicar en ella el importe que corresponde a la justificación del
Ayuntamiento.
C. Las facturas se presentarán de forma ordenada y con numeración correlativa, acompañadas de una
relación de las mismas (anexo 4).
11. Infracciones y sanciones.
Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones, las acciones y omisiones tipificadas en artículos 52 y
siguientes de la Ley General de Subvenciones.
Las infracciones se considerarán leves, graves o muy graves de acuerdo con los supuestos de la Ley mencionada y se
aplicarán a los infractores las sanciones tipificadas en la misma. El procedimiento sancionador se tramitará de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley General de Subvenciones.
Las sanciones podrán consistir en una multa fija o proporcional. La sanción pecuniaria proporcional se aplicará sobre la
cantidad indebidamente obtenida, aplicada o no justificada. Dicha multa será independiente de la obligación de reintegro
contemplada en el artículo 24 de la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Campanario, y para su cobro
se considerará como un ingreso de derecho público.
En los supuestos en que la conducta pudiera ser constitutiva de delito, el Ayuntamiento de Campanario o sus organismos
dependientes pasarán la denuncia a la jurisdicción competente y se abstendrán de seguir el procedimiento sancionador
entretanto fa autoridad judicial no dicte sentencia en firme, tenga lugar el sobreseimiento o el archivo de las actuaciones o
se produzca la devolución del expediente por el Ministerio Fiscal.
Las sanciones se graduarán y se cuantificarán de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 60, 61, 62 y 63 de la Ley General
de Subvenciones.
En Campanario, a 17 de febrero de 2022.- El Alcalde-Presidente, Elías López Sánchez.
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ANEXO 1
Solicitud de subvención

Nombre (representante de la asociación): _____________________________________________________
Apellidos: _______________________________________________________________________________
DNI: ___________________________________________________________________________________
Nombre de la asociación: __________________________________________________________________
CIF: ___________________________________________________________________________________
Teléfono: _______________________________________________________________________________
Domicilio (a efectos de notificaciones): ________________________________________________________
Población: ______________________________________________________________________________
Código postal: ___________________________________________________________________________
Provincia: _______________________________________________________________________________

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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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