Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. (00553/2022)
Bases específicas reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones locales
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Ayuntamiento de Campanario

Anuncio 553/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Campanario
Campanario (Badajoz)
Anuncio 553/2022
Bases específicas reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones locales

BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES LOCALES
1. Objeto de la subvención.
Desde el Ayuntamiento de Campanario entendemos que la participación ciudadana es uno de los pilares básicos para que
un pueblo sea dinámico para su ciudadanía, ofrezca actividades variadas atendiendo a las necesidades de todos los
colectivos que forman la sociedad de Campanario, y sea, además, garantía de diversidad y pluralidad. La participación
ciudadana necesita que las instituciones sean un apoyo, y que se establezcan sinergias y colaboraciones para el desarrollo
del pueblo y de sus gentes. A través de la ayuda económica, las instituciones deben facilitar esta participación, para que el
desarrollo del potencial que guarda el tejido asociativo de nuestro pueblo se pueda llevar a cabo y podamos enriquecernos
de ello.
Las presentes bases tienen por objeto regular y fijar los criterios y el procedimiento de concesión de subvenciones
otorgadas por el Ayuntamiento de Campanario a las asociaciones locales para los proyectos a desarrollar en el año 2022.
2. Requisitos que deberán reunir las asociaciones beneficiarias.
Las Asociaciones que quieran acceder a la presente orden de subvenciones deberán hallarse inscritas en el registro
asociaciones de Extremadura.
En el caso de ser una asociación formada recientemente, deberá inscribirse, además, en el registro de asociaciones del
Ayuntamiento de Campanario.
Inscripción en el registro:
Instancia dirigida al Alcalde solicitando la inscripción, acompañada del acuerdo del órgano correspondiente en el que
se haya acordado esa inscripción.
Copia de los estatutos o normas de funcionamiento vigentes.
Número de inscripción en el correspondiente registro de asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Acta o certificación, de acuerdo con dicha normativa, de la última asamblea general de socios, o de un órgano
equivalente, en la que fuera elegida la Junta Directiva vigente en el día de la inscripción, con la dirección y el teléfono,
en su caso, de las personas que componen dicha Junta Directiva.
Sede social.
Código de identificación fiscal.
Certificación del número de personas inscritas a la asociación en el momento de la solicitud.
3. Presentación de las solicitudes, plazo de forma.
Las presentes bases entrarán en vigor, previa inclusión de anuncio extractado en la Base Nacional de Subvenciones, al día
siguiente al de la publicación de su convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la
convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Las solicitudes deberán presentarse en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Campanario, en horario laboral de 8:00
a 15:00 horas de lunes a viernes.
Si la solicitud no reuniera la documentación necesaria, se requerirá a la asociación interesada para que, en un plazo de tres
días la adjunte, percibiéndose que de no hacerlo así se archivará sin más trámite su expediente.
4. Solicitud de las subvenciones.
La solicitud deberá ser presentada, según el modelo recogido en la presente convocatoria (anexo 1), en las oficinas
municipales del Ayuntamiento de Campanario, expuesto en el punto anterior.
A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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