Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Recursos Humanos (Mérida). (00548/2022)
Aprobación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas de emergencia social durante el año 2022
8 páginas totales
Página
Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 548/2022

o alojamiento, medie o no entre ellas relación de parentesco.
Cuando en un mismo domicilio convivan parientes entre sí con el cónyuge o la pareja de hecho y/o la descendencia de
ambos, o de cualquiera de ellos, o menores adoptados o en régimen de acogimiento familiar, se podrán considerar
unidades independientes para la concesión de la ayuda.
Se excluirán del cómputo de los recursos disponibles en el hogar los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera
de las personas integrantes de la unidad de convivencia:
- Prestación económica vinculada al servicio y prestación económica de asistencia personal, establecidas en
los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a la Dependencia.
- Prestación familiar por hijo a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad afectado por una discapacidad
en grado igual o superior al 65%.
- Becas y ayudas al estudio concedidas por cualquier Administración Pública.
- Ayudas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se obtengan por la
asistencia a acciones de formación ocupacional.
En casos excepcionales, cuando de la documentación obrante en el expediente se desprenda de manera manifiesta que la
unidad familiar no cumple con los requisitos para resultar beneficiaria de la ayuda, deberá incorporarse al expediente un
informe social en el que conste que se requiere implementar una acción para prevenir una situación de exclusión social.

LÍMITE DE INGRESOS ESTABLECIDO.

personas que integran la
unidad familiar (incluido el
solicitante)

% a aplicar sobre
668,02
euros (IPREM 14 pagas)

tope que no se debe superar
al mes (euros)

1

100%

668,02

2

108%

721,46

3

116%

774,90

4

124%

828,34

5

132%

881,78

6

140%

935,22

7

148%

988,66

LÍMITE EN CASO DE MIEMBROS CON DISCAPACIDAD (65% o más).

Personas que integran la
unidad familiar (incluido el
solicitante)

% a aplicar sobre 668,02
euros (IPREM 14 pagas)

Tope que no se debe superar
al mes (euros)

1

110%

734,82

2

120%

801.62

3

130%

868,42

4

140%

935,22

5

150%

1.002,02

6

160%

1.068,82

7

170%

1.135,62

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 4 de 8