Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Recursos Humanos (Mérida). (00551/2022)
Aprobación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas destinadas al transporte de personas mayores con dificultades de movilidad durante el año 2022
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Anuncio 551/2022

IPREM 2022 (14 pagas): 8.106,28 euros.
IPREM 2022 (12 pagas): 6.948,24 euros.
IPREM mensual 2022: 579,02 euros.
Límite 2 veces IPREM mensual: 1.158,04 euros.
A los efectos previstos en estas bases, la unidad familiar se entiende compuesta por todas las personas que residan en el
mismo domicilio.
- Presentar problemas de dificultades de movilidad para la utilización de transportes colectivos. Este requisito
se acreditará mediante emisión de un informe médico.
Cuarta. Cuantía de las ayudas.
La ayuda se concretará en desplazamientos gratuitos para la utilización del servicio de taxi a los centros sanitarios de la
Zona de Salud Don Benito-Villanueva de la Serena, atendiendo a la fecha de entrada de solicitudes en el registro municipal y
al cumplimiento de los requisitos regulados en la base tercera.
A cada beneficiario se le expedirá una tarjeta con 20 bonos-desplazamiento, equivalentes a 50,00 euros, que caducará el 30
de diciembre del año en curso.
El número de bonos podrá ser incrementado en casos excepcionales debidamente justificados y de forma temporal,
mientras dure la causa que lo motive, siempre sujeto a la disponibilidad de la partida presupuestaria destinada a esta
finalidad.
Quinta. Solicitudes y tramitación.
El procedimiento para la concesión de estas ayudas se iniciará mediante solicitud del interesado, formulada conforme al
modelo que será facilitado por el Servicio de Política Social y que podrá obtenerse asimismo en la web municipal.
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación especificada en las presentes bases, se
presentarán en el registro municipal, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
Con las solicitudes deberán acompañarse los siguientes documentos:
- Documentación acreditativa de identidad (copia del DNI o NIE).
- Certificados de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y
declaración de haber justificado debidamente las subvenciones que, en su caso, se hayan obtenido con
anterioridad.
- Documentación acreditativa de los ingresos familiares: Certificados de pensiones de todos los miembros de
la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento y convivencia.
El solicitante deberá autorizar a la Administración municipal para poder recabar de cualquier otra Administración, entidad o
particular, la información necesaria para verificar o completar los datos declarados y la documentación aportada.
El plazo de las solicitudes se iniciará desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín
Oficial de la Provincia, y terminará el día 4 de noviembre de 2022.
Sexta. Instrucción y resolución.
La instrucción del procedimiento se efectuará por la concejalía de Política Social, que estará facultada para efectuar las
verificaciones necesarias de la documentación aportada por los interesados.
Instruido el expediente y emitidos los preceptivos informes, el Servicio de Política Social elaborará la propuesta sobre la
procedencia de conceder o denegar la ayuda solicitada.
La resolución corresponderá a la concejalía de Política Social, previa fiscalización de la intervención, estando sujetas las
ayudas a la dotación presupuestaria existente.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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