Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (00530/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir, con carácter de funcionario de carrera, mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna, una plaza de Ingeniero Técnico Agrícola del Ayuntamiento de Badajoz
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Recursos Humanos

Anuncio 530/2022

homologación.
e) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base
cuarta.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en esta base se acreditará mediante la declaración responsable
contenida en la solicitud de participación, por la que las personas aspirantes manifiestan bajo su
responsabilidad, que son ciertos los datos consignados y ello sin perjuicio de que los aspirantes que resulten
seleccionados deban aportar en el momento de su nombramiento la documentación acreditativa
correspondiente.
Cuarta.- Solicitudes.
1. Plazo de presentación.
El plazo para presentar la solicitud será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del
extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
2. Modelo y obtención solicitud.
Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas serán cumplimentadas exclusivamente a través de la aplicación
informática habilitada al efecto, que se encuentra disponible en la página web Oficina Virtual (Gestión de Trámites On Line) Recursos Humanos indicando la convocatoria a la que se desea participar.
La solicitud deberá cumplimentarse y generarse de forma electrónica, ya se presente de forma digital o presencial. No se
admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informática puesta a
disposición en la ruta especificada en este apartado.
3. Tasas.
Los derechos de examen serán de 24,04 euros, que se abonarán siguiendo el procedimiento establecido en el punto 4,
indicando en el concepto "pruebas selectivas promoción interna Ingeniero Técnico Agrícola".
De acuerdo con lo establecido en la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Badajoz reguladora de la tasa por derecho de
examen en convocatorias para acceder a la función pública:
a) Estarán exentos del pago de la tasa las familias numerosas de categoría especial.
b) Están bonificados con el 50% de la cuota tributaria las familias numerosas de categoría general.
En cualquier caso, habrá de acreditarse la condición de familia numerosa.
c) Estarán exentos del pago de la tasa los demandantes de empleo, que tendrán que acreditar su condición
mediante la presentación, conjuntamente, de los siguientes documentos:
Fotocopia de la demanda de empleo vigente y debidamente renovada/actualizada por el Servicio
Público de Empleo correspondiente. En caso de que el interesado selle la tarjeta por medios
electrónicos deberá aportar el justificante que acredite haberla sellado por dichos medios.
Presentación de vida laboral de la Seguridad Social actualizada a fecha de presentación de la solicitud.
No se admitirá ningún otro certificado, informe o documento distinto de los mencionados en los dos párrafos anteriores al
objeto de acreditar la condición de demandante de empleo a fecha de presentación de la solicitud.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan quedado definitivamente
excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado. No se procederá
a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
persona interesada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
4. El abono de tasas se realizará a través del enlace pago de tasas, existiendo dos opciones:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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