Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera del Duque. Recursos Humanos (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00505/2022)
Corrección de error en edicto publicado el 15 de febrero de 2022 sobre las bases de la convocatoria para el acceso en propiedad mediante el sistema de concurso-oposición libre de dos plazas de Limpiador/a
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Ayuntamiento de Herrera del Duque

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El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de
designarse.
Asesores: El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que demanden oír la
opinión de técnicos/as especialistas, así como de tareas de vigilancia y control del desarrollo de los diferentes ejercicios.
Actuación del Tribunal: El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros,
titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia de la Presidencia y la Secretaría.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria.
El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y podrán ser recusados, cuando concurran las circunstancias
previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Herrera del Duque.
Sexta.- Actuación de las personas aspirantes.
El orden de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente se determinará,
previamente al comienzo de cada ejercicio, mediante sorteo público.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha, y hora de comienzo de las
pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 horas y máximo
de 15 días.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán públicos
en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único y deberán ir provistos del DNI, salvo
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el Tribunal discrecionalmente.
La no presentación de una persona aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado determinará
automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido, en
consecuencia, del procedimiento selectivo.
Séptima.- Procedimiento de selección.
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
Oposición.
Concurso.
La fase de oposición consistirá en superar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar, en un plazo máximo de 60 minutos, a un test de 50 preguntas de 4 respuestas
alternativas, de las que solo una será correcta, relacionadas con el contenido del programa que figura en el anexo I de las
presentes bases.
Los cuestionarios que se propongan contendrán 5 preguntas adicionales que sustituirán por su orden correlativo a aquellas
que, en su caso, sean objeto de anulación. Este test se valorará con una puntuación de 0 a 30.
Para superar/aprobar este ejercicio y tener acceso al siguiente es necesario obtener un mínimo de 15 puntos.
Para la valoración de esta fase se aplicarán los siguientes criterios de calificación:
1.º.- Se calificará a razón de 0,6 punto cada respuesta correcta.
2.º.- Las preguntas no contestadas no tendrán valoración alguna.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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