Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alburquerque. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales. Secretaría General (Badajoz). (00515/2022)
Aprobación definitiva del acuerdo sobre modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa por el aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos
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Ayuntamiento de Alburquerque

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alburquerque
Alburquerque (Badajoz)
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Aprobación definitiva del acuerdo sobre modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa por el aprovechamiento especial del
dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos

Habiéndose elevado a definitivo el acuerdo sobre modificación de la Ordenanza fiscal de la tasa por el aprovechamiento
especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos, en
cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, y 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, se hace pública tal circunstancia junto con el texto íntegro de la Ordenanza, que comenzará a
aplicarse al día siguiente de la publicación del presente anuncio, permaneciendo vigente hasta tanto se acuerde su
modificación o derogación expresas.
Contra el referido acuerdo, podrá interponerse, de conformidad con el artículo 19.1 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, recurso ContenciosoAdministrativo, en la forma y plazos establecidos en las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Alburquerque, a 28 de enero de 2022.- La Alcaldesa, María Luisa Murillo Díaz.
___________

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL POR
INSTALACIONES DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA, GAS, AGUA E HIDROCARBUROS
PREÁMBULO
A tenor de las facultades normativas otorgadas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española y artículo 106 de la
Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local sobre potestad normativa en materia de tributos locales y de
conformidad, asimismo, con lo establecido en los artículos 57, 15 y siguientes, del Texto Refundido de la Ley de Haciendas
Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004 de 5 de marzo, y artículos 20 y siguientes del mismo texto normativo,
en especial el artículo 24.1 del propio cuerpo normativo, se regula mediante la presente Ordenanza fiscal la tasa por el
aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e
hidrocarburos conforme al régimen y a las tarifas que se incluyen en la presente ordenanza resultantes de un Informe
técnico económico preceptivo cuyo método de cálculo y parámetros previstos en el mismo han sido declarados conforme a
derecho por el Tribunal Supremo citándose, al efecto, las sentencias 2708/2016.
[Recurso de Casación 1117/2016]; n.º2726/2016.
[Recurso de Casación 436/2016]; n.º 49/2017.
[Recurso de Casación 1473/2016], n.º489/2017.
[Recurso de Casación 1238/2016], n.º 292/2019.
[Recurso de Casación 1086/2017], n.º 308/19.
[Recurso de Casación 1193/2017], n.º 1649/2020.
[Recurso de Casación 3508/2019], n.º 1659/2020.
[Recurso de Casación 3099/2019], n.º 1783/2020.
[Recurso de Casación 3939/2019] y n.º 275/2021.
[Recurso de Casación 1986/2019], entre otras, que validan este modelo de Ordenanza y fijan el contenido y
exigencias de la misma.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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