Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. (00492/2022)
Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "El Fogón de San Gregorio"
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

Anuncio 492/2022

cuenta del beneficiario/a la limpieza y conservación del mismo.
g) No se permite la utilización de teléfonos móviles fuera de los períodos de descanso salvo circunstancias
muy excepcionales.
h) No se permite el uso de reproductores musicales, con o sin auriculares, durante las clases o el tiempo de
trabajo.
i) Los/as beneficiarios/as deberán reponer por su cuenta los elementos del equipo personal (vestuario,
protecciones personales o herramienta personal) en caso de extravío o por deterioro no derivado de su uso.
Artículo 5. Horarios y control.
5.1. Horario.
El programa tendrá un horario de 7:30 a 15:00 de lunes a viernes, salvo variaciones puntuales por ejecución de actividades
reflejadas en el proyecto que se podrán realizar en un horario diferente, en fines de semana o festivos, compensándose
estas horas con el horario habitual del proyecto.
5.2. Asistencia.
Los/as beneficiarios/as asistirán a las enseñanzas teórico práctica que se imparten en el programa en el horario
determinado en la misma.
5.3. Control de asistencia.
Todos los miembros del programa deberán firmar en los partes de asistencia, a la entrada y salida de la jornada diaria, con
independencia de donde se realice.
Artículo 6. Faltas y sanciones.
6.1. Faltas.
Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves.
6.2. Son faltas leves:
- Hasta tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes entendiendo por falta de puntualidad todo
retraso superior a 10 minutos.
- Una falta de asistencia sin causa justificada.
- El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.
- Tardanzas injustificadas a la hora de iniciar los trabajos.
- El descuido en la conservación de las instalaciones, maquinaria, herramientas, materiales, así como la ropa
laboral y equipos de protección individual entregados.
- La falta de interés o aprovechamiento en el ejercicio de las tareas encomendadas.
- La incorrección libre en el trato o falta de respeto con cualquiera de las personas que participan en el
programa.
- La no presentación en tiempo oportuno (tres días) de los justificantes de las faltas al trabajo, a no ser que se
pruebe la imposibilidad de hacerlo.
- En general, el incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido inexcusable.
6.3. Son faltas graves:
- Más de tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el plazo de un mes.
- El incumplimiento culpable de las órdenes impartidas por los superiores en el ejercicio de su trabajo, del que
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