Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. (00492/2022)
Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "El Fogón de San Gregorio"
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

Anuncio 492/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Burguillos del Cerro (Badajoz)
Anuncio 492/2022
Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "El Fogón de San Gregorio"

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
PROGRAMA COLABORATIVO RURAL
EL FOGÓN DE SAN GREGORIO
Especialidad: Operaciones Básicas de Restaurante y Bar.
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Artículo 1. Preámbulo.
Programa Colaborativo Rural de acciones de atención integral a personas en situación de riesgo de exclusión social. El
programa consiste en el desarrollo de itinerarios de orientación, tutorización e intermediación y formación en alternancia
con el empleo para su inserción sociolaboral en las zonas rurales correspondientes a los municipios de Extremadura con
población inferior a 5000 habitantes.
Con la divulgación del presente documento, entendido como una propuesta de mínimos, se pretende conseguir la
interiorización de unas normas básicas de convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de
quienes integran el proyecto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
El reglamento de régimen interno será de aplicación a la totalidad del personal del PCR "El Fogón de San Gregorio", sin
perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula los programas, el estatuto de los trabajadores, los
convenios colectivos suscritos por las entidades promotoras y demás legislación aplicable.
Artículo 3. Principios, objetivos y metas.
Mejorar la ocupabilidad y favorecer la inserción laboral de los/as destinatarios/as del programa.
Este objetivo se conseguirá a través de:
El plan de formación y empleo conjunto, basado en un itinerario formativo modular e integral.
Establecer sistemas de orientación, asesoramiento y búsqueda de empleo entre el alumnado participante del PCR.
Desarrollar mecanismos de divulgación de la experiencia, tanto a nivel institucional como empresarial.
Dotar a los/as participantes de las competencias y capacidades que les posibiliten su aprovechamiento y adquisición
de la correspondiente cualificación profesional.
Identificar las trayectorias formativas y laborales de los/as destinatarios/as de las acciones de formación.
Poner en práctica mecanismos, materiales didácticos recursos educativos acorde al colectivo participante.
Fomentar la colaboración y el trabajo en equipo mediante la participación solidaria, y la adquisición de normas y
hábitos de trabajo individual y colectivo.
Consolidar el grupo de participantes, partiendo del análisis de las expectativas previas.
Elaborar la metodología específica de intervención, actuación y formación en base a los perfiles socio-culturaleseconómicos de los/as participantes.
Artículo 4. Derechos y deberes.
4.1. Derechos.
a) La libertad de conciencia e intimidad personal, que incluye, entre otras cosas, la libertad de opinión.
b) A la igualdad en el trato sin discriminación alguna por razón de edad, raza, sexo o religión.
c) A manifestar su opinión sobre los aspectos del programa que le afecten.
d) La integridad física y moral.
e) A la garantía de sus derechos laborales de acuerdo con la legislación vigente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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