Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. (00500/2022)
Extracto de la convocatoria de subvenciones a entidades y colectivos deportivos de Ribera del Fresno
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 500/2022

a) Que participen en competiciones oficiales federadas.
b) Que participen en certámenes deportivos representando a la localidad.
c) Que organicen actividades deportivas con carácter estable o extraordinarias previa
autorización de la Concejalía.
4.2.- En toda la publicidad generada debe hacerse constar que la actividad está patrocinada por el
Excelentísimo Ayuntamiento de Ribera del Fresno, debiendo figurar el logotipo municipal en el equipamiento
del club o de la asociación.
4.3.- La subvención recibida deberá destinarse a los gastos de las siguientes partidas: personal, federaciones,
instalaciones, material o desplazamientos, con las limitaciones que en cada caso se interpreten, cuando se
trate de actividades deportivas.
4.4.- Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso,
la obtención concurrente de subvenciones otorgadas por otras administraciones o entes públicos podrá dar
lugar a la modificación de la resolución a fin de que la misma no supere el coste de la actividad a desarrollar
por el beneficiario.
4.5.- Las entidades que se presenten a esta convocatoria deberán hacerlo con un solo proyecto.
4.6.- No serán subvencionables:
a) Programas con finalidad lucrativa.
b) Las asociaciones o entidades que tengan deudas pendientes con algún organismo de la
Administración Pública.

5.º.- Criterios de valoración y concesión de subvenciones
5.1.- Las subvenciones se concederán bajo los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.
La publicidad de las bases y de la convocatoria se realizará mediante publicación en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, anuncio indicativo en el Boletín Oficial de la Provincia y página web.
5.2.- Para la concesión de subvenciones se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) Carácter estable del club o de la asociación y sus programas y actividades.
b) Ámbito territorial y número de personal a las que va a llegar el programa subvencionado.
c) Proyecto deportivo.
d) Porcentaje de financiación propia de las actividades y bienes a subvencionar y las ayudas
recibidas para la misma finalidad.
e) Número de equipos federados de base, y senior amateur.
e) Número de deportistas federados.
f) Número de monitores con titulación.
g) Actividades que promuevan, coordinen y mantengan el asociacionismo y la participación de
las personas encaminadas a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
h) Porcentaje de deportistas femeninas en el club o en la asociación.
5.3.- La Concejalía de Deportes podrá incluir otros criterios a la hora de valorar los proyectos o actividades
para mejorar el funcionamiento y desarrollo de estas bases de subvenciones.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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