Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. (00500/2022)
Extracto de la convocatoria de subvenciones a entidades y colectivos deportivos de Ribera del Fresno
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 500/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Ribera del Fresno (Badajoz)
Anuncio 500/2022
Extracto de la convocatoria de subvenciones a entidades y colectivos deportivos de Ribera del Fresno

SUBVENCIONES A ENTIDADES Y COLECTIVOS DEPORTIVOS DE RIBERA DEL FRESNO
BDNS (Identif.): 610.619
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/610619)
El Ayuntamiento de Ribera del Fresno, en el uso de las competencias que le atribuye el artículo 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, considerando necesario y prioritario el apoyo de entidades y actividades deportivas en nuestro pueblo, en
respuesta a la demanda de nuestros vecinos y para dar continuidad y transparencia en las ayudas que se conceden, ha
decidido aprobar un convocatoria para el ejercicio 2022, para la concesión de ayudas y subvenciones a entidades y
colectivos deportivos, de acuerdo con las siguientes bases:
1.º.- Objeto.
1.1.- El objeto de la presente convocatoria pública es regular en régimen de concurrencia competitiva el
procedimiento de concesión de las ayudas y subvenciones municipales para la promoción y realización de
actividades deportivas.
1.2.- Podrán acogerse a la presente convocatoria los clubes deportivos federados de Ribera del Fresno,
inscritos en el Registro de Clubes y Entidades Deportivas de Extremadura.
2.º.- Dotación económica.
2.1.- Las subvenciones se otorgarán, previa petición del solicitante con cargo al presupuesto del ejercicio
2022. Su otorgamiento será discrecional, motivado y los importes no podrán ser revisados ni ampliados y, no
serán invocados como precedente. El importe total de las subvenciones a conceder no superará el
presupuestado consignado en la aplicación presupuestaria 341 48901 por un importe máximo de 17.500,00 €.
2.2.- En ningún caso podrán responder a criterios de mera liberalidad, bajo sanción de nulidad. La cuantía de
la subvención otorgada no excederá del límite máximo del setenta y cinco por ciento de los gastos
subvencionables del proyecto.
2.3.- Las subvenciones están afectas al cumplimiento de la finalidad de interés general a la que se condiciona
su otorgamiento, y tienen carácter no devolutivo, sin perjuicio del reintegro inherente al incumplimiento de
las condiciones y cargas impuestas en el acto de concesión. La concesión se efectuará de acuerdo con los
criterios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, garantizando la transparencia
de las actuaciones administrativas.
3.º.- Régimen Jurídico.
La concesión de estas ayudas y subvenciones se regirá, además de lo previsto en las presentes bases, por la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, el RD 887/2006, 21 julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla,
la Ley 7/85, de 2 abril, Reguladora de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 2/2004, 5 marzo, por el que se aprueba el
Texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales y la Ley 47/2003, 26 de noviembre, General Presupuestaria, en
cuanto al procedimiento de reintegro de subvenciones.
4.º.- Programas y entidades subvencionables.
4.1.- Las ayudas se asignarán a los clubes o asociaciones deportivos sin ánimo de lucro, con domicilio fiscal
en Ribera del Fresno legalmente constituidas y federadas:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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