Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05396/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Valdetorres-Guareña 2021" (Especialidad de Auxiliares de albañilería de fábricas y cubiertas)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Guareña
Anuncio 5396/2021
m) Mantener en buen estado las instalaciones, herramientas, maquinaria, equipos, útiles de trabajo, ropa
laboral y material formativo. El material formativo facilitado por los monitores deberá permanecer en el
centro de trabajo para cualquier consulta. Queda totalmente prohibida la utilización de cualquier tipo de
material perteneciente al Proyecto o a la Entidad Promotora para fines personales sin la oportuna
autorización.
n) Cuidar y mantener las condiciones higiénicas de todas las instalaciones del proyecto.
o) Cumplir con las obligaciones derivadas del plan de formación y realizar las tareas que se deriven del
mismo, demostrando un rendimiento y actitud adecuada.
p) Cumplir las medidas legales, reglamentarias y establecidas para el proyecto en cuanto a seguridad e
higiene en el trabajo.
q) Participar en los eventos culturales, sociales y diversas actividades de difusión del proyecto, etc.
Artículo 13. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
Faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados siguientes, así como las
sanciones correspondientes a cada una de ellas.
1. Faltas leves:
a) Cometer algún tipo de desconsideración o falta de respeto con los compañeros o equipo técnico docente
del proyecto y personal de la entidad promotora.
b) La impuntualidad reiterada (3 veces) no justificada en la entrada y en la salida del centro o en la
incorporación a las distintas actividades (5 minutos). Los retrasos se irán acumulando y no podrán ser
superiores a 15 minutos en un mes, aunque se permita la entrada, supondrá una falta leve.
c) El bajo rendimiento, comportamiento apático o desinterés en las actividades, así como interrupciones que
entorpezcan el desarrollo de clases teóricas y prácticas, tanto formativas como de trabajo efectivo en el
proyecto.
d) El descuido de instalaciones, herramientas, maquinaria, equipos, útiles de trabajo y material formativo del
centro, así como su utilización sin permiso previo.
e) No usar y/o descuidar el vestuario laboral y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo.
f) Abandonar el puesto de trabajo (aulas y taller) momentáneamente durante la jornada sin el permiso
correspondiente.
g) La falta de asistencia al trabajo o el abandono del centro sin justificante.
h) No mantener las condiciones higiénicas personales y de salubridad del centro de trabajo.
i) Fumar en los sitios no permitidos y fuera de los permisos establecidos.
j) Introducir en el centro (instalaciones, aulas o entornos de trabajo, invernadero, etc.) personas ajenas al
proyecto.
k) La no presentación en el tiempo oportuno (dos días hábiles) de los justificantes, salvo que se pruebe la
imposibilidad de hacerlo.
l) Usar el teléfono móvil en horario formativo y / o durante la jornada laboral.
2. Faltas graves:
a) La acumulación de tres faltas leves.
b) Atacar a la integridad física o moral de los alumnos o personal del proyecto y de la entidad, mantener
conductas antisociales o violentas dentro y fuera del centro, dentro del programa formativo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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laboral y material formativo. El material formativo facilitado por los monitores deberá permanecer en el
centro de trabajo para cualquier consulta. Queda totalmente prohibida la utilización de cualquier tipo de
material perteneciente al Proyecto o a la Entidad Promotora para fines personales sin la oportuna
autorización.
n) Cuidar y mantener las condiciones higiénicas de todas las instalaciones del proyecto.
o) Cumplir con las obligaciones derivadas del plan de formación y realizar las tareas que se deriven del
mismo, demostrando un rendimiento y actitud adecuada.
p) Cumplir las medidas legales, reglamentarias y establecidas para el proyecto en cuanto a seguridad e
higiene en el trabajo.
q) Participar en los eventos culturales, sociales y diversas actividades de difusión del proyecto, etc.
Artículo 13. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
Faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados siguientes, así como las
sanciones correspondientes a cada una de ellas.
1. Faltas leves:
a) Cometer algún tipo de desconsideración o falta de respeto con los compañeros o equipo técnico docente
del proyecto y personal de la entidad promotora.
b) La impuntualidad reiterada (3 veces) no justificada en la entrada y en la salida del centro o en la
incorporación a las distintas actividades (5 minutos). Los retrasos se irán acumulando y no podrán ser
superiores a 15 minutos en un mes, aunque se permita la entrada, supondrá una falta leve.
c) El bajo rendimiento, comportamiento apático o desinterés en las actividades, así como interrupciones que
entorpezcan el desarrollo de clases teóricas y prácticas, tanto formativas como de trabajo efectivo en el
proyecto.
d) El descuido de instalaciones, herramientas, maquinaria, equipos, útiles de trabajo y material formativo del
centro, así como su utilización sin permiso previo.
e) No usar y/o descuidar el vestuario laboral y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo.
f) Abandonar el puesto de trabajo (aulas y taller) momentáneamente durante la jornada sin el permiso
correspondiente.
g) La falta de asistencia al trabajo o el abandono del centro sin justificante.
h) No mantener las condiciones higiénicas personales y de salubridad del centro de trabajo.
i) Fumar en los sitios no permitidos y fuera de los permisos establecidos.
j) Introducir en el centro (instalaciones, aulas o entornos de trabajo, invernadero, etc.) personas ajenas al
proyecto.
k) La no presentación en el tiempo oportuno (dos días hábiles) de los justificantes, salvo que se pruebe la
imposibilidad de hacerlo.
l) Usar el teléfono móvil en horario formativo y / o durante la jornada laboral.
2. Faltas graves:
a) La acumulación de tres faltas leves.
b) Atacar a la integridad física o moral de los alumnos o personal del proyecto y de la entidad, mantener
conductas antisociales o violentas dentro y fuera del centro, dentro del programa formativo.
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