Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05396/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo "Valdetorres-Guareña 2021" (Especialidad de Auxiliares de albañilería de fábricas y cubiertas)
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Ayuntamiento de Guareña

Anuncio 5396/2021

c) La falta de obediencia debida al equipo técnico del programa, personal de la entidad promotora o de
Ayuntamiento y de otros servicios externos relacionados con el proyecto.
d) El incumplimiento o el abandono de normas y medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
e) La posesión o consumo de alcohol o drogas durante la jornada laboral y/o tener claros síntomas de estar
bajo los efectos del alcohol o la droga.
f) Faltas de hurto, robo, tanto a los trabajadores como al programa de escuela profesional dual de empleo. En
este sentido se ponderará y valorará la gravedad del hecho por el equipo formativo del programa, así como
cualquier personal dentro o fuera del centro en cualquier actividad desarrollada por el programa.
g) Acciones no controlados por el personal responsable que entre en peligro manifiesto para uno mismo y/o
para el resto de integrantes del proyecto.
h) Incumplir, de forma repetida, cualquier tarea (teoría o práctica) derivada del plan de formación o realizar de
forma irresponsable las tareas que se derivan del mismo, no alcanzado el rendimiento que estimen oportuno
los miembros del equipo técnico correspondiente.
i) La simulación de enfermedad o accidente.
j) Reincidir en comportamientos apáticos o faltas de interés.
k) La práctica de todo tipo de juego, uso de móviles o máquinas encaminadas a distraer la atención de los
alumnos durante la jornada laboral.
l) La ausencia al trabajo sin causa justificada.
3. Faltas muy graves:
a) La acumulación de tres faltas graves.
b) La notoria falta de rendimiento que conlleve inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas.
c) Acudir al puesto de trabajo en estado de embriaguez o drogadicción, o alcanzar tal estado durante el
horario del mismo.
d) La manipulación intencionada, temeraria e irresponsable de los equipos propios de los talleres que puedan
ocasionar daños materiales y poner en peligro la seguridad propia o ajena.
e) La rotura y/o destrucción intencionada de maquinaria, herramientas, materiales e instalaciones del
Proyecto.
f) Cualquier otro que por su reiteración, intensidad, intencionalidad o gravedad pueda ser calificado como tal.
Sanciones:
Atendiendo a la gravedad de la falta cometida, se sancionará del modo siguiente:
1. Por faltas leves:
- Amonestación verbal.
- Apercibimiento de la Dirección por escrito al interesado, el cual firmará el recibí y se hará constar en el expediente personal
del trabajador. En el caso de que éste no lo firme se enviará por correo certificado.
2. Por faltas graves:
- Entrevista con el Director-Gestor, la entidad promotora y comunicación por escrito de la falta cometida.
- 1.ª Falta grave: Suspensión de empleo y sueldo de 1 día, mediante comunicación escrita de las causas que la
motivan y se hará constar en el expediente personal del trabajador.
- 2.ª Falta grave: Suspensión de empleo y sueldo de dos a cuatro días, mediante comunicación escrita de las
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