Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herrera del Duque. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (05311/2021)
Bases de la convocatoria para el acceso en propiedad mediante el sistema de concurso-oposición libre de dos plazas de Limpiador/a
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Herrera del Duque
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3. Las preguntas contestadas erróneamente se penalizarán con 0,33 puntos (restarán 0,33 puntos).
Segundo ejercicio.- Consistirá en contestar y desarrollar por escrito en un tiempo máximo de 60 minutos, uno o varios
supuestos prácticos relacionados con los temas que figuran en el anexo I de la convocatoria. En este ejercicio se valorará la
capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de expresión escrita, así
como acreditar el conocimiento del oficio y las habilidades para desempeñar el puesto de trabajo ofertado. Este ejercicio se
calificará de 0 a 50 puntos. Cada caso práctico, en el supuesto de que haya varios, valdrá como máximo 10 puntos. Para
superar/aprobar este ejercicio es necesario obtener un mínimo de 25 puntos.
La fase de concurso se aplicará a los aspirantes que hayan superado la oposición. Consistirá en la baremación de los méritos
alegados, con arreglo a la siguiente puntuación:
Experiencia en puesto de similares características, 0,10 por mes trabajado en la Administración Pública, demostrado
con contrato de trabajo y vida laboral: hasta un máximo de 10 puntos.
Octava.- Calificación de las pruebas, relación de aspirantes aprobados, y presentación de documentos.
Calificación de las pruebas: Todas las pruebas tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar una prueba
haber superado la anterior.
Todos los ejercicios serán calificados por el Tribunal hasta un máximo de 50 puntos, siendo eliminados las personas
aspirantes que no alcancen un mínimo de 25 puntos en cada uno de ellos.
Calificación definitiva: Las sumas de las puntuaciones alcanzadas, por cada persona aspirante aprobado/a en la fase de
oposición más la puntuación conseguida en la fase del concurso, determinarán el orden de clasificación definitiva. Serán
seleccionados las personas aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar el número de
personas aprobadas el de los puestos objeto de esta convocatoria que es de dos.
Relación de personas aprobadas: Terminada la calificación de las aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá
las personas aspirantes seleccionados y elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente formulando la propuesta de
nombramiento.
Presentación de documentos: Las aspirantes propuestas para su nombramiento estarán obligadas a presentar, dentro del
plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados, todos los documentos
acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado no presentaren la documentación, o no reunieren los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr.
Alcalde efectuará el nombramiento a favor de la persona aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de
la oposición, tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
El Ayuntamiento de Herrera del Duque se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o
solicitar aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
Novena.- Disponibilidad de las bases.
Las presentes bases están a disposición de las personas interesadas en la Secretaría General de este Ayuntamiento para su
consulta y en la sede electrónica del Ayuntamiento (herreradelduque.sedelectronica.es). El Ayuntamiento facilitará copia a
quien lo solicite.
Décima.- Incidencias.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal se podrán formular impugnaciones por los interesados en los casos y forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o medidas
necesarias para el buen orden del proceso selectivo.
Herrera del Duque, 2 de diciembre de 2021.- El Alcalde-Presidente, Saturnino Alcázar Vaquerizo.
__________
ANEXO I:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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3. Las preguntas contestadas erróneamente se penalizarán con 0,33 puntos (restarán 0,33 puntos).
Segundo ejercicio.- Consistirá en contestar y desarrollar por escrito en un tiempo máximo de 60 minutos, uno o varios
supuestos prácticos relacionados con los temas que figuran en el anexo I de la convocatoria. En este ejercicio se valorará la
capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y rigor en la exposición y la calidad de expresión escrita, así
como acreditar el conocimiento del oficio y las habilidades para desempeñar el puesto de trabajo ofertado. Este ejercicio se
calificará de 0 a 50 puntos. Cada caso práctico, en el supuesto de que haya varios, valdrá como máximo 10 puntos. Para
superar/aprobar este ejercicio es necesario obtener un mínimo de 25 puntos.
La fase de concurso se aplicará a los aspirantes que hayan superado la oposición. Consistirá en la baremación de los méritos
alegados, con arreglo a la siguiente puntuación:
Experiencia en puesto de similares características, 0,10 por mes trabajado en la Administración Pública, demostrado
con contrato de trabajo y vida laboral: hasta un máximo de 10 puntos.
Octava.- Calificación de las pruebas, relación de aspirantes aprobados, y presentación de documentos.
Calificación de las pruebas: Todas las pruebas tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar una prueba
haber superado la anterior.
Todos los ejercicios serán calificados por el Tribunal hasta un máximo de 50 puntos, siendo eliminados las personas
aspirantes que no alcancen un mínimo de 25 puntos en cada uno de ellos.
Calificación definitiva: Las sumas de las puntuaciones alcanzadas, por cada persona aspirante aprobado/a en la fase de
oposición más la puntuación conseguida en la fase del concurso, determinarán el orden de clasificación definitiva. Serán
seleccionados las personas aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación sin que pueda superar el número de
personas aprobadas el de los puestos objeto de esta convocatoria que es de dos.
Relación de personas aprobadas: Terminada la calificación de las aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá
las personas aspirantes seleccionados y elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente formulando la propuesta de
nombramiento.
Presentación de documentos: Las aspirantes propuestas para su nombramiento estarán obligadas a presentar, dentro del
plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados, todos los documentos
acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado no presentaren la documentación, o no reunieren los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr.
Alcalde efectuará el nombramiento a favor de la persona aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de
la oposición, tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
El Ayuntamiento de Herrera del Duque se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la documentación aportada, o
solicitar aclaraciones o información adicional, cuando se considere necesario.
Novena.- Disponibilidad de las bases.
Las presentes bases están a disposición de las personas interesadas en la Secretaría General de este Ayuntamiento para su
consulta y en la sede electrónica del Ayuntamiento (herreradelduque.sedelectronica.es). El Ayuntamiento facilitará copia a
quien lo solicite.
Décima.- Incidencias.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal se podrán formular impugnaciones por los interesados en los casos y forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o medidas
necesarias para el buen orden del proceso selectivo.
Herrera del Duque, 2 de diciembre de 2021.- El Alcalde-Presidente, Saturnino Alcázar Vaquerizo.
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ANEXO I:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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