Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04418/2021)
Aprobación definitiva del presupuesto general para 2021
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 4418/2021

descriptivo establece, para la determinación de la oferta económicamente más ventajosa, criterios
directamente vinculados al objeto del contrato, y que cuando se utilice un único criterio éste sea el precio más
bajo. 6) Que la duración del contrato prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares o el
documento descriptivo se ajusta a lo previsto en la Ley de Contratos del Sector Público.
d.2) Modificados: 1) Que la posibilidad de modificar el contrato se encuentra prevista en el pliego de cláusulas
administrativas particulares o documento descriptivo. 2) Que, en su caso, existe proyecto informado por la
Oficina de Supervisión de Proyectos, si procede. 3) Que, en su caso, existe acta de replanteo previo. 4) Que
existe informe jurídico del Servicio correspondiente. 5) Que existe informe emitido por la Dirección Económica
y Presupuestaria.
d.3) Revisión de precios: (aprobación del gasto) 1) Que el pliego contempla la posibilidad y la fórmula o
sistema de revisión aplicable. 2) Relación de los nuevos precios modificados, informado por el Servicio gestor
del gasto.
d.4) Prórroga del contrato: 1) Que está prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares. 2) Que,
en su caso, no se superan los límites de duración previstos en el pliego de cláusulas administrativas
particulares o documento descriptivo. 3) Que se acompaña informe jurídico del Servicio correspondiente.
d.5) Resolución del contrato: Que existe informe jurídico del Servicio correspondiente.
d.6) Pago al autor del estudio de viabilidad que no hubiese resultado adjudicatario de la concesión: 1) Que el
pliego de cláusulas administrativas particulares no prevé que el pago de la compensación sea realizado por el
adjudicatario. 2) Que se aportan justificantes de los gastos realizados.
e) Contratos que se formalicen en el ejercicio anterior al del inicio de su ejecución y gastos de carácter
plurianual. Especificación en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares del sometimiento de la
adjudicación a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las
obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente, de conformidad con el artículo 110 del
Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, cuando el contrato se formalice en el ejercicio anterior al del inicio en su
ejecución, y de conformidad con el artículo 174 del Real Decreto Legislativo 2/2004, y artículos 79 a 88 del Real
Decreto 500/90, de 20 de abril, para los gastos de carácter plurianual.
f) Convenios de cooperación que celebre el Ayuntamiento con Entes de derecho público o con particulares. En
los expedientes que se exponen a continuación, los extremos adicionales a los que se refiere el punto d) del
apartado 1 del presente artículo de las Bases serán las siguientes:
a) Convenios de cooperación del Ayuntamiento con entes públicos: Que existe informe jurídico sobre el texto
del convenio.
b) Convenios de colaboración con particulares:
- Que existe informe jurídico sobre el texto del convenio.
- En el caso de que implique el otorgamiento de subvenciones, verificación de los requisitos
establecidos para las mismas.

Base 72. Definición de las técnicas de muestreo.
1. Con carácter general.
Cuando quede definitivamente desarrollado el organigrama de la Intervención General Municipal el sistema de fiscalización
plena posterior será aplicado en su integridad. Hasta entonces, se realizará una fiscalización previa limitada de gastos y una
toma de razón en contabilidad de los ingresos tributarios y no tributarios, para posteriormente y por muestreo simple,
efectuar una fiscalización plena de determinados expedientes en lo que respecta al control de legalidad.
2. Definiciones de las técnicas de muestreo.
2.1 Se define como "Universo" o "Población" al conjunto de actos, documentos o expedientes que sean susceptibles de
producir obligaciones o gastos sujetos a fiscalización limitada previa durante el período determinado en la presente
normativa.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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