Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Esparragosa de Lares. Recursos Humanos (Badajoz). (04142/2021)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interior del centro residencial mixto y centro de día de Esparragosa de Lares
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Esparragosa de Lares
Anuncio 4142/2021
2. Los desplazamientos a los centros sanitarios serán por cuenta del residente.
3. Bajo ningún concepto se alterarán las instrucciones dictadas por el médico en cuanto a alimentación, atención sanitaria,
tratamiento farmacéutico, etc.
4. Por higiene, se recuerda la necesidad de duchar como mínimo tres veces por semana.
5. Cuando la persona residente necesite ayuda relacionada con alguna de las actividades consideradas básicas de la vida
diaria (ABVD), la solicitará a la dirección del centro, al objeto de que pueda recibir dicha asistencia siguiendo los parámetros
y métodos prescritos. Se realizarán inspecciones médicas mensuales para velar por el óptimo estado higiénico y sanitario
del centro y de sus residentes.
6. Siempre que el estado físico de un residente así lo exija, recibirá visita médica en su habitación.
7. Si el residente necesitara trasladarse a un centro especializado u hospital, lo hará por cuenta suya y con la ayuda de sus
familiares. En caso de no tenerla y considerarse urgente su traslado, lo podrá acompañar un trabajador del centro, siendo
todos los gastos originados por cuenta del residente o familiares.
8. Los familiares serán quienes se hagan cargo del residente si es hospitalizado.
9. El centro está dotado de un botiquín de urgencias que será utilizado por los residentes por causas justificadas.
Artículo 36.- Visitas.
1. Se atenderán principalmente en las zonas comunes del centro. Tan solo se podrán atender en las habitaciones cuando no
se moleste o no se interfiera su uso por la otra persona ocupante, o por razones de enfermedad o imposibilidad física del
residente.
2. Los visitantes respetarán las instalaciones del centro, teniendo especial cuidado si vienen acompañados por menores,
haciéndose responsables los familiares de los posibles desperfectos que pudieran ocasionar.
3. Cuando el residente o acompañante esté en zonas comunes, comedor, salas de estar, jardines, etc., deberá hacerlo en
ropa de calle.
4. Cada residente podrá invitar a comer a un máximo de dos comensales por día, siempre que no se altere el
funcionamiento del centro, cuatro veces al mes, abonando el precio establecido para personas no pensionistas. El pago de
las invitaciones se efectuará en el momento de encargar las comidas, no procediendo su devolución en caso de no
presentarse los invitados.
5. En fechas señaladas los familiares podrán encargar menús especiales para comer en el centro con un residente,
abonando en el acto el precio convenido; esto dependerá siempre de que el funcionamiento del centro lo permita,
debiéndolo solicitar con la oportuna antelación.
Artículo 37.- Otras normas de obligado cumplimiento.
1. Cualquier objeto extraviado que se encuentre, deberá ser depositado de forma inmediata en recepción, donde se hará
entrega a su propietario.
2. Está totalmente prohibido entregar propinas al personal y a los trabajadores del centro.
3. Se debe cuidar de que en cada momento permanezcan encendidas las luces que son necesarias y colaborar en apagar las
que no lo sean.
4. No se debe utilizar las zonas comunes durante las horas de limpieza, con el fin de facilitar las tareas encomendadas a este
personal.
5. Cuando se ausente del centro deberá entregar las llaves en recepción para evitar que sean extraviadas en la calle.
6. Tanto los residentes como los trabajadores del centro merecen su respeto y consideración por lo que, cuando se dirija a
ellos, deberá hacerlo con amabilidad y educación.
7. Cuando exista algún problema con un compañero de habitación u otro residente deberá evitar los enfrentamientos y
ponerlo en conocimiento del responsable del centro.
8. La ropa de los residentes será marcada con sus iniciales antes de ser ingresados en el centro. La dirección no se hace
responsable del extravío de las prendas que los residentes no tengas marcadas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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2. Los desplazamientos a los centros sanitarios serán por cuenta del residente.
3. Bajo ningún concepto se alterarán las instrucciones dictadas por el médico en cuanto a alimentación, atención sanitaria,
tratamiento farmacéutico, etc.
4. Por higiene, se recuerda la necesidad de duchar como mínimo tres veces por semana.
5. Cuando la persona residente necesite ayuda relacionada con alguna de las actividades consideradas básicas de la vida
diaria (ABVD), la solicitará a la dirección del centro, al objeto de que pueda recibir dicha asistencia siguiendo los parámetros
y métodos prescritos. Se realizarán inspecciones médicas mensuales para velar por el óptimo estado higiénico y sanitario
del centro y de sus residentes.
6. Siempre que el estado físico de un residente así lo exija, recibirá visita médica en su habitación.
7. Si el residente necesitara trasladarse a un centro especializado u hospital, lo hará por cuenta suya y con la ayuda de sus
familiares. En caso de no tenerla y considerarse urgente su traslado, lo podrá acompañar un trabajador del centro, siendo
todos los gastos originados por cuenta del residente o familiares.
8. Los familiares serán quienes se hagan cargo del residente si es hospitalizado.
9. El centro está dotado de un botiquín de urgencias que será utilizado por los residentes por causas justificadas.
Artículo 36.- Visitas.
1. Se atenderán principalmente en las zonas comunes del centro. Tan solo se podrán atender en las habitaciones cuando no
se moleste o no se interfiera su uso por la otra persona ocupante, o por razones de enfermedad o imposibilidad física del
residente.
2. Los visitantes respetarán las instalaciones del centro, teniendo especial cuidado si vienen acompañados por menores,
haciéndose responsables los familiares de los posibles desperfectos que pudieran ocasionar.
3. Cuando el residente o acompañante esté en zonas comunes, comedor, salas de estar, jardines, etc., deberá hacerlo en
ropa de calle.
4. Cada residente podrá invitar a comer a un máximo de dos comensales por día, siempre que no se altere el
funcionamiento del centro, cuatro veces al mes, abonando el precio establecido para personas no pensionistas. El pago de
las invitaciones se efectuará en el momento de encargar las comidas, no procediendo su devolución en caso de no
presentarse los invitados.
5. En fechas señaladas los familiares podrán encargar menús especiales para comer en el centro con un residente,
abonando en el acto el precio convenido; esto dependerá siempre de que el funcionamiento del centro lo permita,
debiéndolo solicitar con la oportuna antelación.
Artículo 37.- Otras normas de obligado cumplimiento.
1. Cualquier objeto extraviado que se encuentre, deberá ser depositado de forma inmediata en recepción, donde se hará
entrega a su propietario.
2. Está totalmente prohibido entregar propinas al personal y a los trabajadores del centro.
3. Se debe cuidar de que en cada momento permanezcan encendidas las luces que son necesarias y colaborar en apagar las
que no lo sean.
4. No se debe utilizar las zonas comunes durante las horas de limpieza, con el fin de facilitar las tareas encomendadas a este
personal.
5. Cuando se ausente del centro deberá entregar las llaves en recepción para evitar que sean extraviadas en la calle.
6. Tanto los residentes como los trabajadores del centro merecen su respeto y consideración por lo que, cuando se dirija a
ellos, deberá hacerlo con amabilidad y educación.
7. Cuando exista algún problema con un compañero de habitación u otro residente deberá evitar los enfrentamientos y
ponerlo en conocimiento del responsable del centro.
8. La ropa de los residentes será marcada con sus iniciales antes de ser ingresados en el centro. La dirección no se hace
responsable del extravío de las prendas que los residentes no tengas marcadas.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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