Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. (03465/2021)
Bases reguladoras para la creación de una bolsa de trabajo para cubrir contrataciones temporales de personal laboral para la prestación del servicio de Auxiliar de Turismo del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 3465/2021
Declaro que los méritos expresados y la documentación que lo acreditan son ciertos, y quedo advertido/a de
las consecuencias penales, civiles y/o administrativas que derivan de su falsedad.
Firma del/la solicitante,
Primera.- Objeto.
Es objeto de las presentes bases la creación de la bolsa de trabajo de auxiliar de turismo de la Oficina de Turismo del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros (grupo C2, nivel 14).
La presente convocatoria se fundamenta en la carencia de personal disponible para hacer frente a las necesidades del
servicio indicado y aquellas que pudieran surgir (refuerzos en el periodo estival y en las fiestas de interés turístico, bajas
médicas, vacaciones, permisos, licencias y otras necesidades circunstanciales del servicio), con el objeto de evitar que
cuando surja una situación de necesidad, no se pueda proceder a cubrir la misma.
Asimismo, con la presente bolsa también se podrán cubrir puestos de similares o de iguales características que se oferten,
por encontrarse vacantes o para cubrir necesidades urgentes e inaplazables.
Los puestos a cubrir están adscritos al Departamento de Cultura y Turismo y las funciones que tiene encomendadas son las
siguientes:
- Atención a los turistas y visitantes que se acerquen al municipio, proporcionándoles información sobre las
fiestas de interés, los elementos patrimoniales, gastronómicos, culturales, etc., y cualquier otro que sean de
interés turístico del municipio.
- Realización de partes diarios y mensuales en las que se recoge la procedencia de los turistas, las cuestiones
más demandadas y la documentación distribuida.
- Elaboración de una memoria final de actividades y resumen de las características atendidas.
- Información y atención al público visitante en los puntos establecidos para la información turística.
- Prestar servicios de visitas guiadas, asistencia e información turística, acompañamiento a los visitantes.
- Control de acceso, apertura y cierre de los recursos monumentales gestionados y que pudiera gestionar la
Concejalía de Turismo.
- Elaboración de contenidos, rutas turísticas, información y venta de los servicios turísticos.
- Manejo de redes sociales de la oficina de turismo.
- Control y venta de entradas correspondientes a actividades organizadas por la Concejalía de Cultura y
Turismo.
- Animación turística y sociocultural.
- Realización de tareas administrativas.
- Cualquier otra actividad que se le requiera teniendo en cuenta su perfil y las necesidades del servicio al que
quedará adscrito.
Segunda.- Modalidad de contratación.
El contrato aplicable será el de obra o servicio determinado, regulado en el artículo 15.1 apartado a) del Real Decreto
legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Las
contrataciones que se efectúen serán en la modalidad de contrato laboral temporal, por el tiempo imprescindible, a jornada
completa o a tiempo parcial, en función de las necesidades del servicio, de lunes a domingos, incluyéndose festivos, según
necesidades y programaciones del área, pudiendo ser en horario de mañana/tarde o turno partido, con dos días de
descanso ininterrumpido, según los turnos establecidos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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las consecuencias penales, civiles y/o administrativas que derivan de su falsedad.
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Primera.- Objeto.
Es objeto de las presentes bases la creación de la bolsa de trabajo de auxiliar de turismo de la Oficina de Turismo del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros (grupo C2, nivel 14).
La presente convocatoria se fundamenta en la carencia de personal disponible para hacer frente a las necesidades del
servicio indicado y aquellas que pudieran surgir (refuerzos en el periodo estival y en las fiestas de interés turístico, bajas
médicas, vacaciones, permisos, licencias y otras necesidades circunstanciales del servicio), con el objeto de evitar que
cuando surja una situación de necesidad, no se pueda proceder a cubrir la misma.
Asimismo, con la presente bolsa también se podrán cubrir puestos de similares o de iguales características que se oferten,
por encontrarse vacantes o para cubrir necesidades urgentes e inaplazables.
Los puestos a cubrir están adscritos al Departamento de Cultura y Turismo y las funciones que tiene encomendadas son las
siguientes:
- Atención a los turistas y visitantes que se acerquen al municipio, proporcionándoles información sobre las
fiestas de interés, los elementos patrimoniales, gastronómicos, culturales, etc., y cualquier otro que sean de
interés turístico del municipio.
- Realización de partes diarios y mensuales en las que se recoge la procedencia de los turistas, las cuestiones
más demandadas y la documentación distribuida.
- Elaboración de una memoria final de actividades y resumen de las características atendidas.
- Información y atención al público visitante en los puntos establecidos para la información turística.
- Prestar servicios de visitas guiadas, asistencia e información turística, acompañamiento a los visitantes.
- Control de acceso, apertura y cierre de los recursos monumentales gestionados y que pudiera gestionar la
Concejalía de Turismo.
- Elaboración de contenidos, rutas turísticas, información y venta de los servicios turísticos.
- Manejo de redes sociales de la oficina de turismo.
- Control y venta de entradas correspondientes a actividades organizadas por la Concejalía de Cultura y
Turismo.
- Animación turística y sociocultural.
- Realización de tareas administrativas.
- Cualquier otra actividad que se le requiera teniendo en cuenta su perfil y las necesidades del servicio al que
quedará adscrito.
Segunda.- Modalidad de contratación.
El contrato aplicable será el de obra o servicio determinado, regulado en el artículo 15.1 apartado a) del Real Decreto
legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Las
contrataciones que se efectúen serán en la modalidad de contrato laboral temporal, por el tiempo imprescindible, a jornada
completa o a tiempo parcial, en función de las necesidades del servicio, de lunes a domingos, incluyéndose festivos, según
necesidades y programaciones del área, pudiendo ser en horario de mañana/tarde o turno partido, con dos días de
descanso ininterrumpido, según los turnos establecidos.
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