Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mérida. Recursos Humanos (Mérida). (03077/2021)
Corrección de error en edicto publicado el 11 de junio de 2021 sobre las bases para la provisión, como funcionario/a de carrera, mediante el sistema de promoción interna por concurso-oposición, de dos plazas de Oficiales de la Policía Local
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Recursos Humanos

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electrónica y página web del Ayuntamiento:
a. https://sede.merida.es
b. http://merida.es/servicios-municipales/empleo-publico
3.3. Igualmente, se podrán presentar las solicitudes por cualquier de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley
39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme al modelo de solicitud para
esta convocatoria, que figura como modelo anexo I.
3.4. Las personas aspirantes deberán manifestar en la solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, en
los términos que se recogen en la base segunda, y que se comprometen a prestar juramento o promesa de cumplir
fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental
del Estado.
3.5. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se dirigirán Concejal de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Mérida
y a ella deberán adjuntar la siguiente documentación:
a. DOC. 1: Fotocopia del DNI.
b. DOC. 2: Declaración del aspirante, en la que, de conformidad con lo establecido por el artículo 69 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los
términos y con los efectos jurídicos de dicho precepto, manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con
los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria y en la normativa vigente para el acceso a la
función pública de Policía Local del Ayuntamiento de Mérida, y se compromete a poner a disposición de la
Administración municipal, dicha documentación cuando sea requerido al efecto.
c. DOC. 3: Certificado expedido por la Secretaria del Ayuntamiento de Mérida, en el que se especifique que el
aspirante ha permanecido en situación administrativa de servicio activo en dicho Ayuntamiento como Agente
de la Policía local, indicando asimismo desde qué fecha. En caso de haber trabajado, además, en otra
localidad como Policía Local, se adjuntará a su vez certificado expedido por el Secretario del Ayuntamiento en
cuestión, en el que se especifique las fechas en las que ha permanecido en situación administrativa de
servicio activo como Agente u Oficial. Todos los certificados deberán determinar de manera diferenciada los
períodos activos de Agente u Oficial en su caso.
d. DOC. 4: Curriculum vitae referido únicamente a los méritos alegados.
e. DOC. 5: Certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que
se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias
para el ejercicio de la función policial.
f. DOC. 6: Méritos alegados para baremación en la fase de concurso, que serán adjuntados en cada fase
establecida en la plataforma de ofertas públicas de empleo del Ayuntamiento https://merida.convoca.online o
junto al modelo de solicitud, caso de presentarse por cualquier de los medios establecidos en el artículo 16 de
la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.
g. DOC. 7: Permisos de conducción de la clase A2 y B.
3.6. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del
anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado además del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en la sede
electrónica https://sede.merida.es o en la página web municipal http://merida.es.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
3.8. Las personas aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en el apartado 3.4 de la base tercera,
para la presentación de solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.9. No se abonarán derechos de examen por no tener aprobada tasa relativa al mismo por parte del Ayuntamiento de
Mérida.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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