Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. Recursos Humanos (Mérida). (03063/2021)
Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 01/2021
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Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
Anuncio 3063/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
Llerena (Badajoz)
Anuncio 3063/2021
Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 01/2021
APROBACIÓN INICIAL
El Pleno de la Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena, en sesión ordinaria celebrada el día 23
de junio de 2021, acordó la aprobación inicial del expediente de crédito extraordinario y/o suplemento de crédito número
01/2021, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 177, en relación con el
169, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales —TRLRHL—, y artículo 38, en relación con el 20, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que
se desarrolla el capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en
materia de presupuestos, a fin de que, en el término de quince días contados a partir del día siguiente al de la inserción de
este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados a que se refiere el artículo 170.1 de la citada Ley Reguladora
de las Haciendas Locales puedan examinar el expediente de referencia, que se encuentra de manifiesto en las dependencias
de la Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento, y presentar, en su caso, las reclamaciones que consideren oportunas
ante el Pleno de la Corporación, por alguno de los motivos que se expresan en el artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales —TRLRHL—.
En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se
considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales —TRLRHL—.
En Llerena, a 25 de junio de 2021.- El Presidente, Agustín Castelló Tena.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El Pleno de la Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena, en sesión ordinaria celebrada el día 23
de junio de 2021, acordó la aprobación inicial del expediente de crédito extraordinario y/o suplemento de crédito número
01/2021, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.
Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevé el artículo 177, en relación con el
169, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de
las Haciendas Locales —TRLRHL—, y artículo 38, en relación con el 20, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que
se desarrolla el capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en
materia de presupuestos, a fin de que, en el término de quince días contados a partir del día siguiente al de la inserción de
este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados a que se refiere el artículo 170.1 de la citada Ley Reguladora
de las Haciendas Locales puedan examinar el expediente de referencia, que se encuentra de manifiesto en las dependencias
de la Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento, y presentar, en su caso, las reclamaciones que consideren oportunas
ante el Pleno de la Corporación, por alguno de los motivos que se expresan en el artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales —TRLRHL—.
En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se
considerará definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales —TRLRHL—.
En Llerena, a 25 de junio de 2021.- El Presidente, Agustín Castelló Tena.
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