Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (03071/2021)
Extracto de las bases reguladoras para la convocatoria del plan provincial de cableado de datos de la Diputación Provincial de Badajoz
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Diputación de Badajoz
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Extracto de las bases reguladoras para la convocatoria del plan provincial de cableado de datos de la Diputación Provincial
de Badajoz

EXTRACTO DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONVOCATORIA DEL PLAN PROVINCIAL DE CABLEADO DE DATOS DE LA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ
BDNS (identif.): 571.980
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/571980).
EXTRACTO DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONVOCATORIA DEL PLAN PROVINCIAL DE CABLEADO DE DATOS DE LA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
PRIMERO.- OBJETO.
Estas bases tienen por objeto la regulación de la concesión y de la convocatoria de subvenciones, en
concurrencia competitiva para la mejora de las infraestructuras de cableado de datos en las sedes
administrativas de los municipios menores de 20.000 habitantes.
Las actuaciones se circunscribirán al soporte de la administración electrónica para los servicios públicos
municipales, en aquellas instalaciones administrativas, edificios y puestos de trabajo que estén claramente
relacionados con la tramitación administrativa de expedientes, contratación, secretaría, …..., no estando
destinadas a otros servicios públicos como hogares de mayores, bibliotecas, consultorios, piscina municipal o
similares. De esta manera se facilita el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3.2 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma
finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entidades públicas o privadas, siempre que la
suma de todas ellas no supere el coste de la actividad subvencionada.
SEGUNDO.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
De conformidad con lo previsto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la cuantía total
máxima del plan asciende a 300.000,00 € (trescientos mil euros), consignados en la aplicación presupuestaria
161.94200.76200 plan provincial de cableado de datos del presupuesto general de la entidad para 2021.
TERCERO.- BENEFICIARIOS.
Podrán participar en esta convocatoria los municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de
Badajoz que no estén incursos en prohibición para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
CUARTO.- SOLICITUDES.
El plazo para presentar la solicitud será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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