Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (03058/2021)
Decreto y bases reguladoras para la convocatoria del plan provincial de cableado de datos de la Diputación Provincial de Badajoz
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Área de Transformación Digital y Turismo

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Transformación Digital y Turismo
Badajoz
Anuncio 3058/2021
Decreto y bases reguladoras para la convocatoria del plan provincial de cableado de datos de la Diputación Provincial de
Badajoz

DECRETO
Las leyes 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de Régimen
Jurídico del Sector Público, establecen un nuevo marco jurídico que representa un impulso decidido a la modernización e
innovación en la Administración Pública española.
Con el objeto de continuar con la labor integradora territorial en los municipios de la provincia, el Área de Transformación
Digital y Turismo continúa trabajando por un modelo de centralización de los servicios electrónicos de las entidades locales
y en la propia Diputación de Badajoz que permiten a la entidad y a los municipios de nuestra provincia ser los dueños de sus
datos, y llevar las últimas herramientas de administración electrónica a todos nuestros municipios, independientemente de
sus capacidades tanto técnicas como económicas.
En este marco, una de las necesidades perentorias de los municipios es contar con mayores y mejores capacidades y
servicios de administración electrónica. Y para poder crecer garantizar la calidad y continuidad de esos servicios, los
ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia necesitan, a nivel de las sedes administrativas mejorar las
infraestructuras de cableado de datos, muy precarias en ocasiones y que son fuentes de problemas y penalizan el
funcionamiento de los servicios administrativos digitales.
Igualmente, y con el propósito de lograr la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible y el cumplimiento de la
Agenda 2030 es necesario que por esta Diputación Provincial se lleve a cabo una alineación de todos los programas,
proyectos y acciones con los objetivos de desarrollo sostenible, trasladando a los municipios una forma de trabajo que
contribuya a la consecución de la hoja de ruta fijada por Naciones Unidas, presidiendo este principio todas las actuaciones
de esta Diputación, tras la aprobación de la implementación de los ODS en esta Institución Provincial, según acuerdo
adoptado en la sesión plenaria, celebrada el pasado 25 de octubre de 2019. Así con esta convocatoria se apoya la
consecución de los objetivos de desarrollo sostenible, números 8, 9 y 10 principalmente.
Es por todo lo anterior por lo que la Diputación de Badajoz ha recogido en sus presupuestos de 2021 para su puesta en
marcha un nuevo plan provincial de cableado de datos, con una dotación de 300.000,00 €.
El artículo 31 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que la provincia es una
entidad local, determinada por la agrupación de municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el
cumplimiento de sus fines propios y específicos, garantizando los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales, en
el marco de la política económica y social, y asegurando la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio
provincial de los servicios de competencia municipal.
De conformidad con el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las
diputaciones provinciales tienen atribuidas como propias, entre otras, las competencias de la prestación de los servicios de
administración electrónica y la contratación centralizada en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes.
Asimismo, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía
municipal de Extremadura, las diputaciones tienen competencias de asistencia, al objeto de proporcionar a los municipios la
capacidad de gestión requerida para el ejercicio de las competencias de titularidad municipal y la consiguiente efectividad
del principio de subsidiariedad. Con análoga finalidad la Diputación Provincial dispone de competencias para el diseño,
implementación, ejecución y evaluación de planes y programas de ámbito provincial que afecten los municipios.
Por su parte, los municipios tienen definidas sus competencias en los artículos 25 y 26 de la Ley de Bases de Régimen Local,
quienes las ejercerán, en los términos de la legislación del Estado y de las comunidades autónomas.
La Junta de Gobierno Provincial en sesión correspondiente al día 22 de diciembre de 2020 aprobó su Plan Estratégico de
Subvenciones para el ejercicio 2021, (BOP número 255 de 30 de diciembre de 2020) como instrumento para completar,
suplir y alcanzar una mayor eficacia en el cumplimiento de los fines de interés público que tiene encomendados, dentro del
marco de competencia conferido a las diputaciones provinciales por la normativa vigente, configurándose como una
auténtica herramienta para conseguir una mayor eficacia en el cumplimiento de los objetivos propuestos y una mayor
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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