Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ruecas. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03040/2021)
Corrección de error en la denominación de la sede electrónica de la ELM de Ruecas
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Ayuntamiento de Ruecas

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ruecas
Ruecas (Badajoz)
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Corrección de error en la denominación de la sede electrónica de la ELM de Ruecas

APROBACIÓN DE LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA ELM DE RUECAS
La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, en su art. 10.1 define la
sede electrónica como "aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de
telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad
administrativa en el ejercicio de sus competencias". El apartado 3 del mismo artículo establece que "cada Administración
Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas".
Por su parte, el art. 13 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local,
señala en su apartado g) los servicios de administración electrónica como competencia propia de las diputaciones
provinciales.
Habiéndose solicitado la inclusión de la ELM de Ruecas en el proyecto de transformación digital que está llevando a cabo la
Diputación Provincial de Badajoz, y siendo requisito ineludible para ello la aprobación plenaria del nombre de la sede
electrónica municipal y su posterior publicación en el BOP.
La Junta Vecinal de la ELM de Ruecas, en sesión ordinaria celebrada, en primera convocatoria, el veintinuno de junio de dos
mil veintiuno, acordó:
«Único: Corregir el error material concurrente en el acuerdo de la Junta Vecinal de la ELM de Ruecas de 4 de junio de 2021
relativo a la denominación de la sede electrónica municipal, de tal manera que:
Donde dice:
«Primero. Aprobar la creación de la sede electrónica de la ELM de Ruecas denominada
https://ruecas.sedeelectronica.es
Segundo. Publicar dicho acuerdo en el BOP de Badajoz.
Tercero. Dar cuenta de dicho acuerdo a la Diputación Provincial de Badajoz a efectos de la inclusión de la ELM
de Ruecas en el proyecto de transformación digital.»
Debe decir:
«Primero. Aprobar la creación de la sede electrónica de la ELM de Ruecas denominada https://sede.ruecas.es
Segundo. Publicar dicho acuerdo en el BOP de Badajoz.
Tercero. Dar cuenta de dicho acuerdo a la Diputación Provincial de Badajoz a efectos de la inclusión de la ELM
de Ruecas en el proyecto de transformación digital.»
De todo lo cual se da publicidad a los efectos oportunos y para general conocimiento.
Ruecas, a 24 de junio de 2021.- El Alcalde, Antonio Aguilera Valverde.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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