Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Solana de los Barros. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (03048/2021)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 10/2021
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Ayuntamiento de Solana de los Barros
Anuncio 3048/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Solana de los Barros
Solana de los Barros (Badajoz)
Anuncio 3048/2021
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 10/2021
APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO 10/2021
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el
plazo de exposición al público, tras anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 103 de fecha 2 de junio de
2021 y tablón de anuncios municipal, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 27 de mayo
de 2021, sobre el expediente de modificación de créditos número 10/2021 del presupuesto en vigor en la modalidad de
suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, como sigue a continuación:
Aplicaciones de gastos:
Aplicación presupuestaria
Descripción
Euros
Programa
Económica
164
62200
Inversiones cementerio municipal
171
62500
Mobiliario parques y jardines
1532
61900
Inversiones varias vías públicas
350.161,90
342
63202
Inversiones de reposición edificios deportivos
129.337,35
920
62200
Inversiones nuevas edificios servicios generales
8.601,65
34.658,66
39.900,00
Total capítulo 6 gastos: 562.659,56
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:
Estado de ingresos: Financiación
Económica
Descripción
Euros
Concepto
87000
Remanente de tesorería para gastos generales
562.659,56
Total ingresos:
562.659,56
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Solana de los Barros, a 24 de junio de 2021.- La Alcaldesa, María Dolores Gómez Vaquero.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO 10/2021
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el
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de 2021, sobre el expediente de modificación de créditos número 10/2021 del presupuesto en vigor en la modalidad de
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Aplicaciones de gastos:
Aplicación presupuestaria
Descripción
Euros
Programa
Económica
164
62200
Inversiones cementerio municipal
171
62500
Mobiliario parques y jardines
1532
61900
Inversiones varias vías públicas
350.161,90
342
63202
Inversiones de reposición edificios deportivos
129.337,35
920
62200
Inversiones nuevas edificios servicios generales
8.601,65
34.658,66
39.900,00
Total capítulo 6 gastos: 562.659,56
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos:
Estado de ingresos: Financiación
Económica
Descripción
Euros
Concepto
87000
Remanente de tesorería para gastos generales
562.659,56
Total ingresos:
562.659,56
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Solana de los Barros, a 24 de junio de 2021.- La Alcaldesa, María Dolores Gómez Vaquero.
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