Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (02984/2021)
Bases de la convocatoria para el acceso por concurso-oposición de tres plazas de Auxiliares Administrativos acogidas al proceso de estabilización (OEP 2019)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 2984/2021
Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 20 días naturales a contar del siguiente a aquel en que
aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado
íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el DOE.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
No se abonarán derechos de examen, por no tener aprobada tasa relativa al mismo, por parte del Ayuntamiento de
Villafranca de los Barros.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
CUARTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Lista provisional de admitidos: Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del departamento de personal
del Ayuntamiento y en el Portal del Ciudadano de su sede electrónica, contendrá la relación alfabética de los aspirantes
admitidos y excluidos, así como las causas de exclusión de éstos.
Si no existieren reclamaciones a la lista provisional, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciere de algún defecto, se requerirá al interesado para
que en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación de la resolución en el BOP, subsane la falta o
acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más
trámite y será excluido de la lista de aspirantes admitidos.
Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la
resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y expuesta, asimismo, en la forma indicada
anteriormente.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha, y hora de comienzo de las
pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador.
QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
Composición:
El Tribunal calificador para las pruebas selectivas estará constituido por:
Presidente: Un empleado/a público, designado por el Sr. Alcalde.
Secretario: Un Funcionario/a de Carrera, designado por el Sr. Alcalde que actuará solo con voz, pero sin voto.
Su labor se ceñirá a dar fe pública.
Vocales: Un empleado/a público por la Consejería competente de la Junta de Extremadura, y tres miembros
de la Función Pública Local de igual o superior titulación, categoría o especialización, designados por el Sr.
Alcalde.
En la designación de los miembros del Tribunal Calificador deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
Asimismo actuarán como observadores, con voz pero sin voto, un representante de cada una de las organizaciones
sindicales con representación en este Excmo. Ayuntamiento.
El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de
designarse.
Asesores: El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Plazo de presentación de instancias: El plazo de presentación será de 20 días naturales a contar del siguiente a aquel en que
aparezca publicado el anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, una vez que se hubiesen publicado
íntegramente las bases en el Boletín Oficial de la Provincia. El anuncio de la convocatoria también se publicará en el DOE.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento, de oficio o a petición de la
persona interesada.
No se abonarán derechos de examen, por no tener aprobada tasa relativa al mismo, por parte del Ayuntamiento de
Villafranca de los Barros.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido en las presentes bases para la presentación de
solicitudes, transcurrido el cual no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
CUARTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.
Lista provisional de admitidos: Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución,
declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios del departamento de personal
del Ayuntamiento y en el Portal del Ciudadano de su sede electrónica, contendrá la relación alfabética de los aspirantes
admitidos y excluidos, así como las causas de exclusión de éstos.
Si no existieren reclamaciones a la lista provisional, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
Subsanación de instancias y reclamaciones: Si alguna instancia adoleciere de algún defecto, se requerirá al interesado para
que en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación de la resolución en el BOP, subsane la falta o
acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más
trámite y será excluido de la lista de aspirantes admitidos.
Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la
resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y expuesta, asimismo, en la forma indicada
anteriormente.
Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha, y hora de comienzo de las
pruebas, así como la composición del Tribunal Calificador.
QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
Composición:
El Tribunal calificador para las pruebas selectivas estará constituido por:
Presidente: Un empleado/a público, designado por el Sr. Alcalde.
Secretario: Un Funcionario/a de Carrera, designado por el Sr. Alcalde que actuará solo con voz, pero sin voto.
Su labor se ceñirá a dar fe pública.
Vocales: Un empleado/a público por la Consejería competente de la Junta de Extremadura, y tres miembros
de la Función Pública Local de igual o superior titulación, categoría o especialización, designados por el Sr.
Alcalde.
En la designación de los miembros del Tribunal Calificador deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
Asimismo actuarán como observadores, con voz pero sin voto, un representante de cada una de las organizaciones
sindicales con representación en este Excmo. Ayuntamiento.
El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de
designarse.
Asesores: El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores en aquellas pruebas que
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